bueno chicos, yahe solucionado la duda de nuestro amigo iñaki. le mande un correo electronico a soibre de sevilla qu deverdad que son una marabilla de funcionarios.
Hola don francisco guerra, soy alvaro jimenez, no se si me recuerdas soy el chico que vivia en pio XII ( la macarena) que crie boas costrictor imperator el 24/mayo /09.
Es para hacerle una pregunta que tenemos dudas un par de amigos y yo. si apareamos una boa constrctor de apendice I con una boa constrictor de apendice II, por ejemplo boa occidentalis x boa imperator , las crias de estas, que apendice serian? o como irian registradas?. solo es un proyecto para el proximo año junto con las corallus hortulanus.
Aunque este mismo año tengo dos hembras de imperator tambien gravidas, asi que sobre la fecha de primeros de abril me cumplen, nos volveremos a ver para el alta de las crias y con mucho gusto.
un saludo
RESPUESTA.
REGISTRO DE SALIDA Nº: 201041100000142
Estimado Sr. Jiménez:
En relación a su consulta se le comunica lo siguiente. De acuerdo al Reglamento (CE) nº 338/97 (*), por el que se regula la protección de las especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio dentro del territorio de la Unión Europea, los animales híbridos, como por ejemplo Boa constrictor occidentalis x imperator, cuando en su linaje han tenido al menos un espécimen incluido en los Anexos A o B de dicho Reglamento, estarán sujetos a las disposiciones de control establecidas por la presente normativa.
Por ello, en el caso de obtener crías procedentes del cruzamiento de un espécimen de Boa constrictor occidentalis (Anexo A) x Boa constrictor imperator (Anexo B), dichos especimenes serán tratados como especies incluidas en el anexo más restrictivo, en este cado en el Anexo A y por tanto será obligatorio la emisión de un Certificado Comunitario CITES. De acuerdo al Reglamento anteriormente citado, se podrá expedir dicho Certificado siempre que los especimenes cumplan una serie de requisitos, como por ejemplo demostrar su cría en cautividad y demostrar la legal procedencia de los parentales, por medio de la presentación del original de un permiso de importación de los mismo, de cuando se importaron en la Comunidad y demostrar su ascendencia; factura de compra o documento de cesión donde figure información sobre el origen del espécimen, etc.
Si precisa alguna aclaración no dude en volver a contactar con esta Dirección Territorial.
Saludos cordiales.