Re: Primates legislacion
Bueno, voy a intentar explicarlo paso a paso para que quede claro:
La tenencia de primates es ILEGAL--> Desde verano del 2005, esta prohibida la venta de primates y por tanto su tenencia a partir de dicha fecha (7 de junio de 2005) con esto quiere decir que los animales que se tuvieran anteriormente con papeles en regla y demas documentos (como nucleo zoologico, seguro de responsabilidad civil, instalaciones adecuadas) puede seguir teniendo dicho animal sin problemas, ya que dicha normativa no le afecta ya que tiene los animales antes de la resolucion de la misma. A partir de esa fecha, esta prohibida la venta de primates a todo el mundo, salvo aquellos casos en los que haya una vinculacion de cria en cautividad (como pueden ser ciertas instituciones de primates o zoologicos) en los que en ningun caso es una venta, sino una cesion, en la cual no se busca beneficio alguno a costa de los primates, sino aumentar su poblacion.
Los zoos tienen primates porque ya los tenian antes del verano del 2005, y ahora ellos pueden criarlos y hacer cambios con otros zoos con dichas crias, para proyectos de reproduccion y similares, pero nunca pueden venderlos, al igual que los particulares que los tuvieran de forma legal.
Estan prohibida su venta debido a varias causas:
-Muchas de sus poblaciones estan en peligro de extincion.
-Muchos primates son potencialmente peligrosos (gorilas, orangutanes, chimpances, macacos, mandriles, etc...)
-Transmiten muchisimas enfermedades peligrosas para el hombre (una de las teorias de la aparicion del SIDA viene ligada al contacto con poblaciones de primates).
-Se quiere evitar la investigacion con ellos.
-Por tanto, comprar hoy en dia un primate es ilegal, asi como mantenerlo (sin nucleo zoologico y demas permisos y seguros no se puede mantener, y si los pides ahora no te los concederan, asi que hagas lo que hagas, es ilegal o no prosperara).
Los primates estan todos dentro del CITES, ya sea CITES I o II, pero casi todos los primates estan dentro del CITES I (no se cual es CITES II), y estos son los que hasta ahora se venian vendiendo por aqui, por tanto, "es cierto" que los primates estan todos en el CITES I, ya que son esos los que se comercializaban.
PRIMATES Primates
CITES I
Lemuridae Lémures
Lemuridae spp.
Megaladapidae Lémures graciosos
Megaladapidae spp. (posiblemente extinguida)
Cheirogaleidae Lémures enanos
Cheirogaleidae spp.
Indridae Indirs, avahis, sifacas, lémures lanudos
Indridae spp.
Daubentoniidae Ayeaye
Daubentonia madagascariensis
Callitrichidae Titís, tamarinos
Callimico goeldii
Callithrix aurita
Callithrix flaviceps
Leontopithecus spp.
Saguinus bicolor
Saguinus geoffroyi
Saguinus leucopus
Saguinus oedipus
Cebidae Monos del Nuevo Mundo
Alouatta coibensis
Alouatta palliata
Alouatta pigra
Ateles geoffroyi frontatus
Ateles geoffroyi panamensis
Brachyteles arachnoides
Cacajao spp.
Chiropotes albinasus
Lagothrix flavicauda
Saimiri oerstedii
Cercopithecidae Monos del Viejo Mundo
Cercocebus galeritus galeritus
Cercopithecus diana
Macaca silenus
Mandrillus leucophaeus
Mandrillus sphinx
Nasalis concolor
Nasalis larvatus
Presbytis potenziani
Procolobus pennantii kirkii
Procolobus rufomitratus
Pygathrix spp.
Semnopithecus entellus
Trachypithecus geei
Trachypithecus pileatus
Hylobatidae Gibones
Hylobatidae spp.
Hominidae Chimpancés, gorilas, orangutanes
Gorilla gorilla
Pan spp.
Pongo pygmaeus
CITES II
PRIMATES spp. (Excepto las especies incluidas en el Apéndice I)
Aparte de todo esto, quien regula el comercio legal de especies es el CITES, y dentro de este hay una serie de disposiciones en las cuales se puede regular por parte de un pais, grupo de paises o a nivel internacional la prohibicion del comercio de un animal, grupo o familia al completo. Estas disposiciones reguladoras se llaman reservas, y en ellas vienen reflejadas los animales, su lugar de origen y los paises que prohiben su venta en sus fronteras (en caso de no salir lugar de origen se entienden todas las poblaciones y si no salen paises que prohiben se entiende que son todos).
La reserva que hace mencion es la siguiente:
Apéndice II
F A U N A
F I L O C H O R D A T A
CLASE MAMMALIA (MAMÍFEROS)
PRIMATES Primates
Mas info:
Apendices CITES I, II y III: http://www.cites.org/esp/app/appendices.shtml
Reservas CITES: http://www.cites.org/esp/app/reserve_latest.shtml
La tenencia de primates legales venia regulada por el Ministerio de Interior y desde hace poco mas de 1 año tambien por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Actualmente, cada Comunidad Autonoma tiene una normativa especifica sobre la tenencia de animales potencialmente peligrosos, siguiendo las bases del Ministerio del Interior y del de Sanidad y Consumo, y aunque son muy similares todas ellas (las mas restrictivas son Catalunya, Illes Balears y Comunidad Canaria), solo regulan los animales que si estan de forma legal. En todas ellas se prohibe la investigacion con primates, y en muchas de ellas la tenencia por particulares de primates (aunque fuesen legales, como es el caso de la Comunidad de Madrid). Asi que segun que Comunidad Autonoma, incluso habiendolos tenido desde hace varios años, podria ser ilegal por diversas causas.
Para ver dicha normativa de animales potencialmente peligrosos que te afecta, debes de buscarla en la pagina web de tu Comunidad Autonoma.
Por tanto, comprar un primate desde el dia 5 de Junio de 2005 es ilegal, mantenerlo desde esa fecha es ilegal, casi todos los primates pertenecen al apendice I CITES (y los que se vendian eran absolutamente todos del CITES I) e incluso, segun la Comunidad Autonoma a la que uno pertenezca, esta absolutamente prohibido tener primates de forma particular sea cual sea la fecha de adquisicion de los mismos.
Espero que este mas o menos claro el tema de tener estos animales.
Un saludo.