serpientes peligrosos

nickvelez

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yo tengo problemas con mi vecina. ella hace una denouncia porque ella dices que yo tengo serpientes peligrosos. pero no tengo venemosos solamente boidos y unos [iElaphe[/i]. el mas grande de mes pitones alfombra son 2.5m. yo vivo en campo y hay culebra bastarda viven libre en mi parcela. el ayunimiento me dice que yo necesito una certificado veterinario para declarar que mes animales son peligrosos o no.
quizas yo necesito una certificado para los bastardas que viven libres o es la responsibilidad de Junta de Andalucia?!!!
 

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a ver, segun el BOE las ley sobre animales potencialmente peligrosos dice lo siguiente.

"Tema: Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES


Artículo 2.

Definición.

1. Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.


Con esto se aseguran de que nos pueden buscar la vuelta cuando quiera, ya que no especifica que entienden como lesión, puediendo abarcar desde un pequeño rasguño a una herida más seria. De todas formas infórmate sobre como trata este tema la junta de andalucia, ya que puede variar sobre esta ley siendo más restrictiva o permisiva.

Saludos y suerte con tu vecina...
 

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Hola otra vez…..

He seguido buscando información sobre estas leyes y he encontrado lo siguiente:


Tema: REAL DECRETO 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.


Artículo 2. Animales de la especie canina potencialmente peligrosos.

2. En todo caso, aunque no se encuentren incluidos en el apartado anterior, serán considerados perros potencialmente peligrosos aquellos animales de la especie canina que manifiesten un carácter marcadamente agresivo o que hayan protagonizado agresiones a personas o a otros animales.
3. En los supuestos contemplados en el apartado anterior, la potencial peligrosidad habrá de ser apreciada por la autoridad competente atendiendo a criterios objetivos, bien de oficio o bien tras haber sido objeto de una notificación o una denuncia, previo informe de un veterinario, oficial o colegiado, designado o habilitado por la autoridad competente autonómica o municipal.



Resumiendo: solo el real decreto sobre la tenencia de ESPECIES CANINAS potencialmente peligrosas contempla la posibilidad de que te puedan pedir un informe veterinario para determinar la peligrosidad de algún animal y no precisamente de tus serpientes (a no ser que respondan al nombre de toby y corran detras de un palito). De todas formas te vuelvo a comentar que investigues a ver como lo trata la junta de Andalucía.

Saludos
 
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