Complicado tema , lo primero aclarar aunque ya se ha dicho , pero con puntualizaciones .
Se trata de un Cites II Anexo A , por tanto la descendencia necesita pasar por el soivre , el documento que se emita podrá o no llevar foto , dependerá de si el animal va marcado ya o no con su microchip , en mi caso cuando los registro , a los tres o cuatro meses , directamente los llevo marcados , con lo cual evitamos posteriores tramitaciones y recargos . A efectos legales no necesitas nada más , el famoso certificado veterinario no sirve para nada , se lo puede inventar cualquiera y por tanto en el soivre no es requerido .
Sobre la legalidad o no de no tramitar y vender las crias , está claro , por muy legales que sean los parentales , las crias solo son legales mientras permanezcan en tus instalaciones , en el momento que las saques de tu casa pasan a ser ilegales , con lo cual yo te recomiendo lo siguiente, notifica puestas y tramita nacimientos , microchipa los animales y los registras en el soivre , pero sin emitir el documento , con lo cual no tienes que pagar los famosos 20 € de cada papelito amarillo , esos animales poseen registro nacional , que no cites !!!!! y son legales desde el dia que nacen hasta que se mueran , luego si vendes una vas al soivre y emites el documento cites previo pago de los 20 € de tasas .
Otra opción , deja de criar , separas los animales por sexos y no cries más .
Tercera opción , busca una asociación u organismo oficial que se dedique a reintroducir animales en su habitat y los donas .