Cierto o falso?????

montypython

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Una pregunta, quien puede poner el microchip a las bichas, un vet?? En este caso, que costaría o que suele costar, como se realiza, y tal, jeje, saludos.
 

alejandro

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Sobre estos temas ya se ha departido mucho y largo por este foro, y la conclusión nunca es única, como tampoco es única la postura al respecto de las distintas delegaciones del SOIVRE / CATICE en el territorio nacional.

Es obvio que si se atiende a la legislación, nos deberíamos preocupar en un principio por poder demostrar que nuestros ejemplares están bien documentados, bien porque son importados y tenemos su factura de compra con el número CITES (y aun te pedirán en el SOIVRE que aportes el documento de importación propio, con el número CITES para la importación realizada por el importador -aunque suene muy redundante-), o bien porque son nacidos en cautividad en la CE, en cuyo caso y según la ley debemos poder demostrar que son "nacidos en cautividad" a partir de parentales también legales y documentados.

Asumiendo que tenemos ejemplares correctamente documentados, ya se ha comentado que si los documentos de cesión no son válidos, que si no se puede vender sin núcleo zoológico, que si hacienda, que si el IVA, etc.... Básicamente para un particular el tema consiste en que si ha tenido crías nacidas en su casa de ejemplares CITES, las debe documentar pudiendo demostrar que son nacidas en cautividad y a partir de sus reproductores, y esto se justifica con un certificado oficial veterinario. Entonces, y una vez documentada cada cría con su número de certificado de cría en cautividad, el particular se dedicará a buscarles nuevo hogar, pero como es un particular que no desarrolla actividad comercial con sus mascotas exóticas, pues no hay factura de venta, sino un documento de CESIÓN, es decir, no hay intercambio de dinero, sino una cesión o entrega a un nuevo propietario, por lo que no se puede hablar de venta, no de núcleo zoológico, ni de hacienda. etc...

En cualquier lugar, aunque sea lo primero a pensar el tener los animales documentados, el principal problema sería el poder mantener legalmente una cierta cantidad de animales, exóticos o no exóticos, en la vivienda particular de cada uno. Este problemón, supera con creces a la documentación de los animales en sí mismos, ya que si te sancionan por tener 10 reptiles en tu casa, con unas multas más bien generosas (3.000 a 5.000€ ??), el tema no terminará ahí, dado que aparte de la sanción, te obligarán a solicitar el núcleo zoológico, a sabiendas de que no te lo concederán en un domicilio particular, y menos en un domicilio con acceso común a viviendas, pudiendo ponerse el tema muy feo en caso de vernos en la situación de que no podemos tener en casa más que unos 6?? animales. Por otra parte, suponiendo que tengamos a nivel particular 2 parejas de boidos en nuestra casa, cuando llegue el momento de su cría exitosa y nos veamos con un buen montón de crías, que pasa con esa cantidad máxima de animales permitida?? Si la idea que quizás se pretende imponer desde la administración es que no quieren cría por particulares, por considerarla poco regulada(je,je,je), y permitir la cría tan sólo en centros reproductores con núcleo zoológico, dado que no van a dar el núcleo zoológico a la casa de ninguno (creo que alguna excepción si que hay, será la que confirma la regla, o quizás el que tiene buenos contactos o les pilló al SOIVRE con el día despistado), pues la opción final es clara, ya podeis mataros a documentar vuestros animales, que como se le ocurra denunciar vuestra situación a cualquier vecino tocahuevos, pues se os acabó la afición para un rato largo.

Y por último, algo que observo que repetidamente se pasa de largo en los comentarios del personal, y es la normativa de animales potencialmente peligrosos, algo sin demasiado sentido que se hizo rápidamente para tapar bocas a raiz de varios desafortunados accidentes motivados por ataques caninos, en general protagonizados por determinadas razas que arrastran su mala fama. ¿Que es un animal potencialmente peligroso? Pues básicamente todo aquel que sea capaz de provocar lesiones de cierta consideración al ser humano o a otros animales (ciertamente el ser humano es el animal potencialmente peligroso por excelencia). ¿Quien decide si un animal es potencialmente peligroso? Pues básicamente la autoridad competente, je,je, en este caso nos remiten sin lugar a dudas a la profesión veterinaria, bien por los oficiales en caso de una denuncia, juicio,...o bien nuestro veterinario particular, el cual deberá señalar en la documentación sanitaria del animal si este es potencialmente peligroso. Existen también normativas que lo definen y regulan, y para nuestro suplicio, en este caso está en manos de los Ayuntamientos, los cuales deben crear su registro de Animales Potencialmente Peligrosos, y verificar que esos animales estén microchipados, con seguro de responsabilidad civil, etc... Esta normativa afecta de lleno a tantos aficionados a los boidos, ya que deberían registrarse un grandísimo número de especies, prácticamente todas las que superen 2m de longitud, pero teniendo en cuenta que esa clasificación la hace alguien que no tiene porque entender lo más mínimo de ofidios, y si lee que una Boa constrictor llega a los 3 o 4 m., pues le dará igual si esa es macho o hembra, si es de tal o cual localidad o si es un morpho enano o no lo es,...el caso es que sería mucho más complicado tener boidos en nuestras casas.

Para terminar, ¿Algún particular tiene realmente ganas de registrarse en el SOIVRE, solicitar núcleo zoológico y registrar como potencialmente peligrosos todos sus ejemplares que de adultos puedan superar (al menos en teoría para el especie) los 2m. o los 4 Kg. de peso? Pues nada, adelante con ello, que yo mientras tanto seguiré reflexionando sobre la validez legal de mis documentos de cesión, o de si debiera declarar a Hacienda la venta de aquellas crías que pudimos CEDER el verano pasado a compañeros de afición.

Saludos, y disculpen la ironía o cinismo, pero es que este tema escuece, a todos en mayor o menor medida, eso os lo aseguro.

Ahí os dejo algo del histórico del foro, para que sirva de refresco para las memorias.

http://www.faunaexotica.net/foro/index.php?topic=22947.0

http://www.faunaexotica.net/foro/index.php?topic=22296.0

http://www.faunaexotica.net/foro/index.php?topic=9552.0

http://www.faunaexotica.net/foro/index.php?topic=16223.0
 

bivvit

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Hola de nuevo, habiendo leido vuestras notificaciones y suponiendo el caso de que quiera continuar o pretender de hacer algo, ahi va una pequeña pregunta,
¿si dispongo de una casa con terreno exterior en el cual quiero montar una pequeña instalación para poder criar puedo llegar a conseguir un numero de nucleo zoologico?
Dando a entender de que la instalación quedara completamente aislada de lo que es realmente la vivienda familiar.

un saludo.Bivvit.
 

alejandro

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En el caso de tener un terreno privado, quizás pudieras intentarlo, porque no te plantearán el que sea común con accesos a viviendas, o que tengas que obtener un permiso escrito de tus convecinos.

Pero vas a encontrarte con otro importante problema, y es que al solicitar un núcleo zoológico, te pedirán una licencia municipal para desarrollar la actividad, y eso depende obviamente del ayuntamiento, el cual es probable que no dé palmas de alegría cuando les plantees que quieres licencia municipal para criar reptiles en tu finca. Como poco esa licencia, en caso de que estén por la labor de concedértela, será de actividades molestas e insalubres, y puedes estar preparado para una serie de requisitos higiénico-sanitarios respecto a tus instalaciones, que no van a ser una tontería, tanto en lo que respecta a su proyecto o diseño como en lo que respecta al dinero que deberás invertir.

En cualquier caso, yo en tu lugar me personaba por los estamentos oficiales a informarme, pero ya sabes, vas a preguntar para un amigo de un amigo tuyo al que le gustaría criar reptiles, tampoco se trata de que les pongas el tema fácil por si alguien decide barrerte del mapa.

Saludos,
 

steve

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Hola,

Muy bien tu mail Alejandro y es bien saberlo que puede pasar en teoria pero tengo algunas preguntas.

- Alguin de este foro tenia alguna vez problemas con la policia sobre sus animales
- Alguin de este foro has recibido alguna vez una multa entre 3000€ y 5000€?
- Una Iguana puede pesar 2 kg tengo que registrarlo
- Como el papel de cesion no vale si en el resto de Europa es suficiente sin factura.
- Un particular no puede hacer una factura sin estar de alta en hacienda etonces como este persona puede vender un animal.

Otra vez me han parado el ultimo vez en la frontera y tenia unos 40 serpientes en mi coche y la policia ha controlado todas las papeles de cesion y todo estaba bien. Lo que es cierto es que una tienda no puede comprar animales con un papel de cesion o si factura. El unico que puedo entender es que a lo mejor el nombre de Cesion no es corecto en Holanda se llama declaracion de traspaso.

Un saludo

Steve
 

alejandro

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steve dijo:
Hola,

Muy bien tu mail Alejandro y es bien saberlo que puede pasar en teoria pero tengo algunas preguntas.

- Alguin de este foro tenia alguna vez problemas con la policia sobre sus animales
Más de una persona en este foro ha tenido algún encuentro con el Seprona (Guardia Civil), con mejor o peor resultado. Algunos ya han sido comentados aquí en público, otros no han sido comentados y eso también es de respetar.

- Alguin de este foro has recibido alguna vez una multa entre 3000€ y 5000€?
Como he dicho, en más de un caso a compañeros del foro les han cursado denuncias por sus reptiles, resultando en multas superiores a 3000€, alguno de estos casos se ha comentado aquí públicamente.

- Una Iguana puede pesar 2 kg tengo que registrarlo
Tal como he tratado de explicar, el problema no es si tú debes registrarlo o no, yo desde luego no lo haría con una iguana. Pero en caso de que se te escape, o algún vecino temeroso de los reptiles te denuncie por tenerlos en tu casa y los considere un riesgo para su seguridad y/o salud, pues si te cursan una inspección, puede ser que a la autoridad competente se le ocurra que tu gran iguana puede ser potencialmente peligrosa, o si no será tu boa o tu pitón, y en ese caso tendrías tú que demostrar que no es potencialmente peligroso. Desde luego, en caso de una denuncia, quien tenga un boido de talla de Boa constrictor o superior, puede tener serios problemas sin lugar a dudas.

- Como el papel de cesion no vale si en el resto de Europa es suficiente sin factura.
No tengo muy claro que quieres decir con eso de que el papel de cesión no vale. En realidad, el papel de cesión justifica la "cesión" o "tranferencia" de una animal entre dos particulares, es decir, justifica que el responsable desde la fecha de firma del mismo será el nuevo propietario, pero en sí mismo, no aporta ninguna legalidad al animal si no está acompañado de otra documentación. En caso de ser criado en cautividad en la CE, deberá poder justificarse que es "nacido en cautividad", bien con un certificado veterinario oficial si es criado por un particular, o bien con un número de registro o fecha de registro en el libro de registro de cría en caso de ser nacido en las instalaciones de un criador profesional con Núcleo Zoológico. En resumen, el papel de cesión es necesario y conveniente, pero en sí mismo no es suficiente, refiriéndome por supuesto a especies CITES.

- Un particular no puede hacer una factura sin estar de alta en hacienda etonces como este persona puede vender un animal.
El hecho de que un particular emita o no una factura, o esté dado de alta en hacienda o no es intrascendente para la legalidad de los reptiles, tan sólo afectaría a las responsabilidades fiscales de ese particular. Pero efectivamente, un particular que no es una persona fiscal por estar dado de alta como trabajador autónomo o tener constituida algúna clase de sociedad, pues no puede emitir una factura, ni aplicar el impuesto del IVA, etc... En todo caso, ¿Quien dice que un particular esté vendiendo sus reptiles? Como he dicho, tan sólo redacta un papel de CESIÓN, en el que no se hace referencia a transacción económica alguna, tan sólo se justifica la transferencia de la propiedad de un animal. No creo que Hacienda se dedique a investigar las compras/ventas/intercambios de reptiles entre particulares por Internet, me parece que tiene trabajo mucho más importante que atender.

Otra vez me han parado el ultimo vez en la frontera y tenia unos 40 serpientes en mi coche y la policia ha controlado todas las papeles de cesion y todo estaba bien.
Pues me alegro de que no tuvieras problemas en la frontera, es evidente que eso le puede suceder a cualquiera cuando vamos a alguna feria europea, pero lo cierto es que te podían haber denunciado e intervenido los animales, no porque no los tuvieras documentados, sino porque no puedes transportar como particular y en tu coche particular esos animales desde Hamm, Houten o desde donde fuera. El movimiento de animales, incluso entre paises de la CE, está regulado por unas normas sanitarias, y en ellas no se contempla la posibilidad de que en nuestro coche o autobús nos traigamos para España tanta fauna exótica variada, sin declaración en la frontera, sin certificados veterinarios,...

Lo que es cierto es que una tienda no puede comprar animales con un papel de cesion o si factura.
Una tienda es un entidad fiscal, bien una persona o una sociedad, y sus compras tienen que ser realizadas legalmente, con una factura de por medio, soportando su IVA del 16% y demás. Repito de nuevo, un documento de CESIÓN no documenta una compra/venta, sino un cambio de propietario entre particulares. Una tienda es un negocio, y así como tampoco puede (o no debería) pagar a fin de mes a sus empleados con un papel firmado donde ponga lo que le paga a cada uno, pues tampoco puede comprar mercancías o animales vivos de esa manera, sino que deben ser compras documentadas y legales, al igual que deberían ser así todas las ventas realizadas (a pesar de que muchos traten de olvidarse de la factura, o incluso intenten cobrarte a mayores un 16% de IVA en caso de que la pidas, como si fuera una opción el vender en una tienda "con" o "sin" IVA.

El unico que puedo entender es que a lo mejor el nombre de Cesion no es corecto en Holanda se llama declaracion de traspaso.
A mi entender eso es un término equivalente, CESIÓN=TRASPASO=TRANSFERENCIA DE UNA PROPIEDAD.

Un saludo

Steve

Saludos, espero que pueda aclarar algo lo expuesto, y sin pretender ser en ningún modo tajante respecto a lo escrito, ya que en distintos puntos de España o en distintas situaciones la experiencia puede ser radicalmente diferente.
 

alejandro

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Pues ese adelanto normativo de la Comunidad de Andalucía, en mi opinión, es un aviso de lo que se nos viene encima, tarde o temprano querrán regular el sector de exóticos, y una vez más, ante lo ignorancia extrema de la administración, la opción más cómoda será optar por la prohibición generalizada, al menos en cuanto a compañeros escamosos se refiere, y por supuesto, no se van a olvidar de los amigos del foro de artrópodos :cool:.

Creo que el panorama, a nivel de legislación, no es bueno para nuestra afición, sería lamentable que en un futuro nos tengamos que expresar en el foro de boidos al igual que se suele leer en el de venenosas, es decir, que nadie mantiene esas especies en sus terrarios (salvo algún echado p´lante que así lo declara, o compañeros que viven al otro lado del Atlántico) y que tan sólo disfrutamos viendo sus fotos o comentando su historia natural.

Bueno, el tiempo dirá como se va direccionando la situación, quizás algún día sea bastante intrascendente hablar de tal o cual boido correctamente documentado, sencillamente porque sea ILEGAL su mantenimiento por parte de un particular independientemente de sus papeles.

Saludos,
 

steve

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Hola,

esta ley es valida hoy en dia en Barcelona cuidad. No puede tener animales que puede tener un peso mas de un kilo :eek: :eek: :eek:. Explico las tiendas no pueden vender esta tipos de animales. Barcelona no Badelona si!!! :eek: :eek: :eek: Un poco raro esta ley porque esta significa que no podemos tener;

Regius
Iguanas
Tejus
Exntimaticus
Boa Constrictor
etc
etc
etc

Creo que esta ley esta activa unos dos años pero todo los tiendas siguen vendiendo estas animales etonces no lo se.

Un saludo

Steve
 

israel

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wenas steve, nos puedes mandar el link del boe donde sale esa ley en barcelona??o donde kiera q este recogida??
gracias anticipadas!!
 
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