A ver, tu vives en una comunidad en la que no te van a registrar un anexo B, por lo que tienes que conseguir una factura de la época en la que compraste la tortuga, que acredite el origen del animal. Lo suyo es que te acerques al lugar donde se compró (si aún existe) y que te proporcionen esa factura antigua preconvenio, anterior a 1995 en el caso de tu Terrapene ornata y una cesión.
En cuanto a criadores, pues se consideran como tal y sin problemas legales los que están registrados en el SOIVRE. No obstante, hay criadores de anexos B en ciertas comunidades que, por desgracia, no pueden estar registrados porque los anexos B simplemente no se registran, por lo que las crías deben llevar un certificado veterinario de nacimiento adjuntado a la documentación de los parentales. Si el criador está registrado en una comunidad en que se expiden números de registro para anexos B, como en la valenciana, por ejemplo, pues a los animales que compres les debe acompañar una cesión donde conste el número original del registro de criador de esa tortuga. Si viene de un criador registado en el soivre de Valencia, el formato del número es rrrLCxxxxxx (rrr= número de criador) (LC= codigo de soivre Valencia)(xxxxxx= número de registro del animal).
Pues ya sabes...