Primero mis palabras de agradecimiento para la SAHT , destacando al menos a Isaac,Roberto y Paco, pues "mea culpa" yo soy socio de la SAHT desde en ese tiempo, pero no colaboré , y ahora entiendo la fustracion de estos 3 bicharracos,cuando trato de retomar esta lucha, y nadie apoya, en fin una pena, Y gracias por lo realizado al menos a los tres que conozco.
Por eso de antemano decir que yo y la SAHT iremos de la mano, y gracias siempre al trabajo realizado hasta ahora por ellos.
Para la pregunta de SITOCERO
En cuanto a la calificacion de DELITO DE LAS LESIONES que se atribuye a nuestros animales es clara para mi y a la vez sin fundamento, dice el DECRETO
Animales potencialmente peligrosos: Aquellos que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que tengan la
capacidad causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas.
Copio el Art. 147 del Codigo Penal en su Titulo III
1. El que, por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental, será castigado como reo del delito de lesiones con la pena de prisión de seis meses a tres años, siempre que la lesión requiera objetivamente para su sanidad, además de una primera asistencia facultativa, tratamiento médico o quirúrgico. La simple vigilancia o seguimiento facultativo del curso de la lesión no se considerará tratamiento médico.
Si ves parece hablan de lo mismo, de otra manera, si una lesion fuera cualquier herida, tambien estarian catalogados todos los cachorros(de perros y gatos), jamsters,etc pero no se desprende que es una lesion de cierta gravedad.Y esto unido a la obligacion del seguro que tenemos que tener ( segun el Decreto Andaluz)
f) Suscripción de un seguro de responsabilidad civil por daños personales y materiales a
terceros, ocasionados por animales potencialmente peligrosos, con una cobertura no inferior a
ciento setenta y cinco mil euros (175.000 €) por siniestro.
Y en plan un poco rudo, teniendo en cuenta que un muerto cuesta 100.000 € en un accidente de tráfico, vemos que se lo que se nos obliga por tener un reptil de mas de 2 Kilos es super desproporcionado para la mayoria de los reptiles
Y que claramente una lesion, cuya responsabilidad civil sea ,175.000 euros, ( sea o no condenado penalmente tras el juicio el causante o responsable) se seguira la causa por un Procedimiento Abreviado Penal ( que es el recogido para delitos)
Creo haberme explicado ahora mejor