Hola Molurus,
Igual no me he explicado yo tampoco bien. Lo que quiero decir es que en este texto se cita a los animales peligrosos, pero ese "concepto" lo legisla cada Administración. Así, por ejemplo, Cataluña considera peligrosos un tipo concreto de animales, mientras que otros no. Sin embargo, esa legislación no existe en otros Comunidades o no es tan restrictiva al menos. Entrar a definir en este escrito a escala nacional el concepto de peligroso o no peligroso no sería conveniente. Cada asociación local o todas en general, debemos luchar en nuestra Comunidad por el desarrollo de una ley justa que defina claramente lo que se entiende o no por animal peligroso y establecer una serie de normas si, a pesar de todo, se desea mantener a estos animales (desde la ilegalidad hasta la consecución de un carnet, realización de un cursillo, etc).
Es decir, si yo entrase en más detalle con este escrito, en algunas Comunidades, el mismo carecería de "valor", por chocar frontalmente con la legislación vigente. De ahí que diga lo de ir paso a paso. Primero, vamos a luchar por conseguir el núcleo zoológico para todos aquellos que tenemos animales. Después, o una vez consigamos que la administración lo considere, abramos otros frentes.
No sé si me habré explicado mejor o igual de mal que antes, pero espero que se me comprenda. Todos estamos de acuerdo en el fondo, pero tal vez no en el orden jejejeje
Un saludo,
Luis Casasús