JOHN87,no se de donde sacais que no se pueden tener animales autoctonos en cautividad,acaso os habeis informado?Yo si.
Hubo un post bastante polemico en este foro en el apartado de Aguas internacionales donde se trato el tema y se adjutaron las leyes y/o normas que lo ``regulan´´,y lo entrecomillo porque realmente a nivel nacional no hay una regulacion de esto,con lo que existe una laguna legal,que mientras la comunidad autonoma donde vivas no tenga su propia normativa para rellenar esta laguna,puedes mantener cualquier especie autoctona que no este en peligro de extincion.Eso si,con su documentacion en regla que demuestre su procedencia de la cria en cautividad(documento de cesion y certificado veterinacion de nacimiento en cautividad),que aun con todo esto si el SEPRONA quiere te requisara los animales,pero si tienes los documentos no estaras incumpliendo nada.Luego entramos en un debate de si esos animales se puede demostrar que son nacidos en cautividad,o se han utilizado esos documentos para demostrar que son animales criados en cautividad si en realidad se han retirado del medio,pero es inevitable por el momento demostrarlo con segun que tipos de animal.
En fin,si vuestra comunidad autonoma tiene normativa al respecto que prohiba alguna especie en concreto,o todas las autoctonas,no se podran tener en esa comunidad,pero si no existe tal normativa(como es el caso por ejemplo de Castilla y Leon,para la que yo me informe) se pueden tener con sus correspondientes documentos.
Saludos.