Snaker
Well-Known Member
Idem .Òscar Martínez dijo:No entiendo que quieres decir con esa expresión de "me los tendré que comer con patatas". ¿Acaso los has comprado solo para criar y vender? ¿O para revenderlos?
Tienes una pareja joven que te pueden durar muchos años, disfrútalos y punto. La ley no prohibe el disfrute de los animales que ya se tenían antes de su entrada en vigor.
Saludos