Farmer
Well-Known Member
Chelus, esta normativa de animales de compañía nunca la he visto aplicar. Digo que no la he visto aplicar, no que no se aplique. Pero no creo que las cantidades de animales comprados en ferias europeas y demás lleven esa documentación. Lo que si he visto aplicar ha sido la norma general europea, osea CITES. Vamos que si viajas con un animal, sin factura ó doc. de cesion ó sin su documento CITES, vas muy mal. Luego está la permisión en ciertos transportes. Yo en una ocasión, transporté 2 tortugas en el Altaria (es como el AVE). No ocupaban más de una caja de zapatos, el revisor me dijo que debía pagar un billete. Después de un rato de discusión, no me lo cobró, pero luego miré la normativa interna y se supone que el hombre tenía razón, en parte por lo menos. Estuve en una sala con los guardias jurado, que me retuvieron al ver tortugas en el escaner. Lo cierto es que acabaron felicitándome por poseer unos ejemplares tan bellos. No sabían NADA de CITES ni de normas. Y les bastó con mis facturas y documentos CITES, que por cierto miraban con entusiasmo, pero sin entender nada, mi explicación, y la sensación que les debí dar de traquilidad y legalidad. Pero lo mismo les da por llamar al SEPRONA, a aduanas, al inspector de CITES ó que se yo a quién. Con lo cual, el resultado hubiera sido el mismo, pero perdiendo el tren. Enfin, y eso sin salir de España. Ni que decir tiene que esto fue una experiencia puntual, que otras muchas veces no ha pasado nada...
Un saludo
Un saludo