No entiendo bien que me quieres decir... pero Expoterraria, como organizador privado que es, puede hacer lo que le plaza respetando, claro está, la normativa vigente. Y la venta/cesión de un heloderma en Madrid no contraviene la normativa vigente.
La Ley de Animales Potencialmente Peligrosos, cuya redacción es ambigua a propósito, establece en su art. 2.1 que se entenderán como tales, estableciendo que: "
i]Con carácter genérico, se consideran animales potencialmente peligrosos todos los que, perteneciendo a la fauna salvaje, siendo utilizados como animales domésticos, o de compañía, con independencia de su agresividad, pertenecen a especies o razas que
tengan capacidad de causar la muerte o lesiones a las personas o a otros animales y daños a las cosas[/i]"
Pues bien, una mordida de heloderma no te libra de una visita al hospital, no a efectos de administrar un suero específico -que por otro lado no lo hay- si no para disminuir los efectos secundarios derivados de la mordedura, que normalmente no suelen ser muy graves pero sí pueden serlo:
http://www.heloderma.net/en/bite-treatment.html . Con esto quiero decir que este animal es susceptible de causar lesiones a las personas y como tal permite ser subsumido en la categoría de animal potencialmente peligroso.
Fíjate que dentro de esta definición -y me estoy refiriendo a las lesiones- entran animales que como norma general mantenemos en casa, como por ejemplo varánidos o grandes constrictoras. Pero ahí está la gracia de la definición ambigua: si la Administración te quiere meter un puro, puede hacerlo. Que se lo pregunten al chaval de la noticia de este mensaje.