Pues parece que no es tan facil rebasar los limites de velocidad..... aqui os dejo un mail que he recibido esta mañana, un hombre que habia sido multado por exceso de velocidad, recurre la multa mediante esta carta al juez .
Un Saludo,
Rhaco.
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Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530
cuando iba camino de mi pueblo. Según me dijeron los Guardias Civiles que
me pararon, el radar me detectaba la velocidad antes indicada en un tramo
limitado a 70 km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa
señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo
blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho,
la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde
muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el
obligatorio en elpaís, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado
Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud
será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.No se si cuando Vd.
terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si
acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia
recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la
unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo
(segundo),obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR
SEGUNDO,que,tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,
pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de
la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no
he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de
la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará
que 70 m/s equivalen a 252 km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h
por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carnet de
conducir,los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están
las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido
por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con
su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala
intención.
Atentamente.
Un Saludo,
Rhaco.
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Estimado Sr. Juez:
He sido denunciado por circular a 250 km/h en la Nacional 530
cuando iba camino de mi pueblo. Según me dijeron los Guardias Civiles que
me pararon, el radar me detectaba la velocidad antes indicada en un tramo
limitado a 70 km/h.
Yo, por mi parte, puedo decir que he visto perfectamente esa
señal con el número 70 en negro, dentro del círculo rojo con el fondo
blanco. Sin embargo, por más que me he fijado, no he visto ninguna unidad de medida junto al numerito 70.
Como Vd. sabrá mejor que yo, que para eso ha estudiado derecho,
la Ley 54/1893 establece que en el Estado Español (que Dios guarde
muchos años) se establece que el Sistema Métrico Internacional será el
obligatorio en elpaís, y dentro de las reglas propiamente dichas del citado
Sistema Métrico Internacional, se establece que la unidad de longitud
será el metro, y la unidad de tiempo será el segundo.No se si cuando Vd.
terminó derecho le dio tiempo a hacer algo de matemáticas, pero por si
acaso voy a informarle de que la velocidad se mide dividiendo la distancia
recorrida entre el tiempo empleado para recorrerla, por lo que cogiendo la
unidad de medida de la distancia (metro) y la unidad de medida del tiempo
(segundo),obtendremos la unidad de medida de la velocidad: METROS POR
SEGUNDO,que,tal y como nos dice la Ley anteriormente citada, SERÁ LA UNIDAD DE MEDIDA OBLIGATORIA PARA LA VELOCIDAD.
Yo no le voy a negar que fuese a 250 km/h, que de hecho los iba,
pero es que la señal que yo vi sólo ponía 70, y en virtud del imperio de
la ley que todos debemos respetar y del que Vd. es el máximo exponente, no
he dudado en considerar que el 70 se refería a la unidad internacional de
la velocidad, el metro por segundo; si Vd. hace la conversión, observará
que 70 m/s equivalen a 252 km/h, con lo cual yo circulaba a 2 km/h
por debajo de lo permitido.
Por todo lo expuesto, ruego a Vd. que me devuelva el carnet de
conducir,los 600 Euros y los 8 puntos que me han quitado, que no están
las cosas para bromas, dejando este asunto en un lamentable malentendido
por el que no voy a denunciar a los pobres Agentes, que bastante tienen con
su arriesgado trabajo y estoy seguro que no lo hicieron con mala
intención.
Atentamente.