Como registrar una asociación en la comunidad de Madrid:
http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Tramite_FA&cid=1109168961281&definicion=Inscripcion+Registro&language=es&pagename=ComunidadMadrid/Estructura&pid=1109265444835&tipoServicio=CM_Tramite_FA
Referencia
2179
Descripción
Inscripción de las Asociaciones que desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y tengan el domicilio establecido en su territorio.
Requisitos
1. La Asociación debe contar al menos con 3 sociosfundadores pudiendo ser los mismos personas físicas o jurídicas (asociación, fundación, sociedad mercantil, entidad pública etc...).
Documentación a presentar
Toda la documentación deberá presentarse por duplicado y con firmas originales.
1. Solicitud, para todos los procedimientos, (Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha).
2. Justificante del pago de las tasas (ver apartado "Gestión" en la columna derecha de esta ficha).
3. Documentación para la inscripción de la constitución de asociación/federación en el Registro de asociaciones (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
4. Documentación para la modificación de estatutos (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
5. Documentación para la inscripción de la Junta directiva, (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
6. Documentación para la incorporación o baja de una Asociación y una Federación en el registro de asociaciones, (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
7. Documentación para la disolución en el registro de Asociaciones (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
8. Inscripción de apertura o cierre de delegaciones o establecimientos (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
9. Declaración de utilidad pública (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
Solicitudes
* Obtención de solicitudes:
- En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y descargar.
- En los Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid
- En las Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid.
* Presentación de solicitudes y documentación:
a) Presencial:
En cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
b) Por Internet
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del Registro Telemático de la Consejería, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
En el apartado “Gestión” de esta página, se encuentra la opción de “Gestión Telemática” que le permite cumplimentar en línea el impreso de solicitud y anexar documentos, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa correspondiente para su tramitación.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
También podrán aportarse documentos, durante la tramitación del expediente, a través del servicio de “aportación telemática de documentos”, y enviar comunicaciones referidas a expedientes abiertos, accediendo a través de la “consulta de expedientes, dentro de la página de Administración Electrónica.