Pequeña duda concreta de nucleo zoologico.

Link5

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Bueno queria preguntaros una duda concreta sobre el nucleo zoologico, tengo un amigo que lo tiene, y que actualmente esta en el ayuntamiento, y le he comentado que queria registrarme, y me ha comentado "cual de las 19 categorias?" me he quedado en blanco, y le he dicho que es eso de las categorias? y me dice pues coleccion privada, criador, etc, que categorias hay? solo me ha dicho esas dos porque por lo que me conoce es lo que quiero, pero si hay mas "categorias" y me interesan...
 

perry

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A mi hay otra vosa que me intriga, y es; si se inscribe uno en colecvion privada puede vender lo que acabe criando? Y a partir de que tipo de animales se necesita nucleo zoologico para vender?

Un saludo

Perry
 

Sitocero

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Hola compañeros!!!

Dani Díaz Villegas dijo:
solo me ha dicho esas dos porque por lo que me conoce es lo que quiero, pero si hay mas "categorias" y me interesan...

artículo 2
El Registro de núcleos zoológicos se estructura en cuatro secciones :
Núcleos zoológicos propiamente dichos .
Instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos .
Establecimientos para la venta de animales .
Establecimientos para la práctica de la equitación .

artículo 3
Están obligados a inscribirse en el Registro los centros y / o establecimientos siguientes :
3.1 Sección de núcleos zoológicos : todos aquellos que albergan colecciones zoológicas de animales de la fauna salvaje con finalidades científicas, culturales o recreativas y de reproducción, de recuperación , de adaptación y / o de conservación de estos animales.
Dentro de esta sección quedan incluidos :
Zoosafaris .
Parques o jardines zoológicos .
Reservas zoológicas .
Circos .
Colecciones zoológicas privadas.
Granjas cinegéticas .
Otras agrupaciones zoológicas .

3.2 Sección de instalaciones para el mantenimiento temporal de animales domésticos . Se consideran animales domésticos a los efectos de esta disposición todos aquellos destinados a vivir en domesticidad en el hogar , excluyendo los que aporten productos o usos de renta para el hombre .
Quedan incluidos en esta sección :
Centros de cría .
Residencias y refugios .
Escuelas de adiestramiento .
Centros de recogida de animales .
Perreras deportivas.
Centros de importación de animales .
Laboratorios y centros de experimentación con animales .

3.3 Sección de establecimientos de venta de animales :
Tiendas de animales .
Otros establecimientos de venta .

3.4 Sección de establecimientos para la práctica de la equitación :
Picadores .
Cuadros deportivas o de alquiler.
Otros establecimientos para la práctica ecuestre .

artículo 4
Todas las actividades mencionadas en el artículo 3 quedan obligadas a solicitar la autorización y la inscripción en el Registro General de núcleos zoológicos , aunque se realicen conjuntamente con actividades diferentes o en el interior de establecimientos polivalentes .

perry dijo:
A mi hay otra vosa que me intriga, y es; si se inscribe uno en colecvion privada puede vender lo que acabe criando? Y a partir de que tipo de animales se necesita nucleo zoologico para vender?

NO, simplemente no puedes vender lo que críes por que en teoría este tipo de núcleo zoológico no te permite hacer cría de animales. Para criar animales y poder venderlos necesitas el núcleo zoológico de centro de cría.

OLI505 dijo:
Es obligatorio tener esa licencia a partir de un número de animales?

Esto es una leyenda urbana ya que es imposible establecer un número máximo de animales puesto que cada animal es diferente y no es lo mismo 2 peces que dos Pitones reticuladas. En este caso normalmente cada municipio se reserva la opción de poder realizar un decreto para autorizar cuantos animales puedes mantener en el núcleo, según explican en todas sus normativas "el personal cualificado realizará un informe detallando que y cuantos animales se pueden mantener, en base a este informe harán el decreto".

Por ejemplo :(/b] En el último municipio donde hice la consulta me dijeron que NO querían permitir mas de 3 perros en un domicilio. Con lo cual lo que quiero decir es que siempre hay que preguntar al Ayuntamiento, si tienes suerte y quien te atiende domina el tema te lo resolverá en un periquete, no obstante cuando se trata de reptiles... de periquete hay poco! jajjaja.

Saludos Sitocero.
 

perry

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Mil gracias Sitocero!! Por mi parte solo queda una duda: hay que pagar por obtener el nucleo zoologico de centrode cria? Hay que cumplir algun requisito especial? Yo etoy criando mantis, si quiero venderlas no podria aunque sea un particular? Mmmpieza a preocupar este tema.

Un saludo

Perry
 

Link5

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Muchas gracias sitocero, entonces, digamos, que lo que nos "interesa" es coleccion privada y centro de cria, no?

Tengo entendido que solicitar ambos tiene el coste igual, es decir puedes seleccionar ambos sin que encarezca dicho precio. Por otro lado perry creo que para vender, vender, necesitarías:
3.3 Sección de establecimientos de venta de animales :
Tiendas de animales .
Otros establecimientos de venta .

Pagando impuestos y demás, siendo un negocio, y pagando los impuestos y demás,no? o solo con centro de cría, seria suficiente?

La verdad es que a mi estas cosas nunca me quedan claras, como no entiendo nada de temas así... habrá que esperar jajaja
 

fernyy

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NADIE puede vender de forma legal, excepto empresas o autónomo.
 

Sitocero

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Hola compañeros!!!

perry dijo:
Mil gracias Sitocero!! Por mi parte solo queda una duda: hay que pagar por obtener el nucleo zoologico de centrode cria? Hay que cumplir algun requisito especial? Yo etoy criando mantis, si quiero venderlas no podria aunque sea un particular?

Esto es en Cataluña pero seguro que en el resto de comunidades autónomas si no es igual es parecido en cuanto al papeleo, las tasas seguramente serán diferentes.

Debes entregar una solicitud de inscripción en el registro de núcleos zoológicos.
Documentación que debe acompañar a la solicitud:
Memoria de la actividad
Copia de la autorización ambiental, licencia ambiental o la comunicación al ayuntamiento según corresponda de acuerdo con la normativa vigente. (En teoría es donde te ponen mas pegas)
Programa de higiene y profilaxis firmado por un / a veterinario / a colegiado / a. (Esto cuesta según te cobre el veterinario, el precio mínimo en Cataluña rondará los 400-500 Euros, pero ya digo depende del veterinario y sus precios)

Tasas administrativas (lo que cobra la Generalitat para inscribirte en el registro)
Hoy por hoy 48,30 Euros.

Dani Díaz Villegas dijo:
Muchas gracias sitocero, entonces, digamos, que lo que nos "interesa" es coleccion privada y centro de cria, no?
Si.

Dani Díaz Villegas dijo:
Tengo entendido que solicitar ambos tiene el coste igual, es decir puedes seleccionar ambos sin que encarezca dicho precio.
En teoría si.

A las siguientes respuestas te contesto con la respuesta a fernyy.

fernyy dijo:
NADIE puede vender de forma legal, excepto empresas o autónomo.
Discrepo por completo. No CREO (digo creo por que todavía no me he documentado pero estoy en ello en cuanto lo haga corroboro o corrijo las lineas siguientes). No creo por que yo entiendo si vendes algunos animales de los cuales obtienes unos beneficios (plusvalías que estarán gravadas en la declaración de la renta) lo que tendrás que hacer es declarar que has obtenido esos beneficios para que hacienda cobre la parte que le corresponde una vez hecho esto ya has pagado tus deudas y no tienes por que ser ni empresario ni autónomo.
REPITO PAR QUE NO HAYA PROBLEMAS. Esto es una opinión personal sin base jurídica me documentaré sobre el tema y el resultado obtenido os lo plantearé a vosotros.

Saludos Sitocero.
 

Manu_KP

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Hecha la ley hecha la trampa, tú mandas un gecko de regalo y vendes un boli por xxx, cuando he mandado o recibido geckos por mrw en la declaración se pone regalo.
 

xano

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Hola a todos!
No se si estaré en lo cierto o no, pero según tengo entendido mientras no ingreses más beneficios que el salario medio interprofesional al mes no tienes porque declarar nada según me comentó un amigo que se dedica a la compra-venta por internet y se había informado sobre el tema!

Un saludo!!

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perry

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Es decir que sin pagar los 548 euretes que se piden, no puedes vender nada... En ese aso, todos lo particulares que venden sus excedentes de cria lo estan haciendo de forma ilegal? Y si yo vendiese mis crias a una tienda y esta los vndiese, estas crias tambien serian ilegales?

Un saludo

Perry
 

Sitocero

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Hola compañeros!!!

perry dijo:
Es decir que sin pagar los 548 euretes que se piden, no puedes vender nada... En ese aso, todos lo particulares que venden sus excedentes de cria lo estan haciendo de forma ilegal? Y si yo vendiese mis crias a una tienda y esta los vndiese, estas crias tambien serian ilegales?

Lamento tener que decirte que según nuestro ordenamiento jurídico la respuesta es SI. Creo (hablo de memoria) que vender animales sin tener núcleo zoológico registrado es una infracción catalogada como leve (creo que la cuantía máxima para las leves es 100 euros, y por supuesto la reincidencia pasa a ser grave y seguir reincidiendo pasa a ser muy grave que si no recuerdo mal las multas ya pueden llegar a los 20000 Euros).

Saludos Sitocero.
 

perry

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Dios mio!! 20.000 euros!!! Algun metodo para vender y que no sea taaaan ilegal?

Un saludo

Perry
 

Link5

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Creo que he entendido teniendo el nucleo zoologico, con centro de cria y tal, no? pero declarando despues lo vendido, puede ser? no me aclaro la verdad jajaja
 

perry

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Joder es queeee es un tema complicadillo... Y para poder vender en la expoterraria te piden nucleo zoologico o algo? Puedes vender ahi si eres particular?

Un saludo

Perry
 

fernyy

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Claro que es ilegal vender, para empezar porque criar no es obligatorio ni necesario, por lo que a mi parecer lo de usar excedentes de cria siempre me ha parecido un poco de risa.

Incluso con nucleo zoológico de cria, no puedes vender, solo puedes CEDER sin dinero por medio, vamos una cesion (lo dice la palabra) quien se quiera sacar un dinero o ganarse la vida debe ser autonomo
 

Sitocero

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Hola compañeros!!
perry dijo:
Dios mio!! 20.000 euros!!! Algun metodo para vender y que no sea taaaan ilegal?

No.

Dani Díaz Villegas dijo:
Creo que he entendido teniendo el nucleo zoologico, con centro de cria y tal, no? pero declarando despues lo vendido, puede ser?
Yo lo entiendo así, tal y como has dicho, Núcleo Zoológico y cuentas con hacienda cuando llegue el momento.

perry dijo:
Y para poder vender en la expoterraria te piden nucleo zoologico o algo? Puedes vender ahi si eres particular?

Creo que en Barcelona si no tienes núcleo zoológico no te dejan montar mesa y en Madrid escuché que sin núcleo si pero... es algo raro.

fernyy dijo:
Claro que es ilegal vender, para empezar porque criar no es obligatorio ni necesario, por lo que a mi parecer lo de usar excedentes de cria siempre me ha parecido un poco de risa.

Incluso con nucleo zoológico de cria, no puedes vender, solo puedes CEDER sin dinero por medio, vamos una cesion (lo dice la palabra) quien se quiera sacar un dinero o ganarse la vida debe ser autonomo

Lo de criar no es obligatorio ni necesario... bueno supongo que aquí tendríamos un debate ético/moral y habría opiniones para todos los gustos como pasa con los racks o terrarios o como pasa con fases si o fase no.

Es necesario se autónomo aun que sean ventas esporádicas? una camada al año? como dije yo no lo veo tan claro... todavía no he tenido tiempo para documentarme sobre el tema así que esto es una mera opinión. Yo este echo lo asemejo a la venta de un coche, yo puedo vender mi coche cuando me canse de él, verdad? paso cuentas con hacienda y listo.
Otro símil, yo el año pasado estuve comprando y vendiendo acciones en bolsa y en ningún momento fui autónomo, rendí cuentas en la declaración y listo.

Fernyy, sabes de alguna ley donde pueda consultar el tema? si la sabes le echaré un vistazo ;).

Saludos Sitocero.
 

fernyy

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Es como un coche, es lo mismo, pero controlar un coche es muy sencillo.

En cualquier venta, hay que pagar impuestos del tipo que sea, mejor ejemplo el IVA, y para eso necesitas facturar e incrementar el IVA y pagarlo, y para facturar necesitas ser autónomo y pagar como tal.

POR CIERTO LO QUE SE CUENTA/ESCUCHA QUE UN PARTICULAR PUEDE FACTURAR HASTA 3000€ AL AÑO ES FALSO. ESTO NO ES ASI DESDE MUCHOS AÑOS.

En resumen si se quiere criar y vender legalmente a pagar impuestos...
 
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