Pequeña duda concreta de nucleo zoologico.

djrober

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Entonces se podria tener un nucleo zoológico de coleccion privada y las crias que puedas tener, simplemente hacer una cesion como si fuera un regalo? De esa forma podriamos tener un cierto número de animales de forma legal sin preocupaciones y criar como lo hace la gente normal sin nucleo. La verdad es que esto es un poco lioso.
 

mike

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Con lo poco que sé, dado que los temas fiscales nunca fueron mi fuerte, el Gobierno -y por extensión Hacienda- está perfectamente enterado acerca del fraude de las cesiones. Esto es, formalmente hago cesiones sin mencionar contraprestación económica alguna, mientras materialmente -por lo bajini- realizo una compraventa de manual -exijo un precio que a mi entender me parece legitimo-. Yo he visto como el propio SOIVRE se queja de tal fraude y exige a la UE medidas al respecto, si bien con la que esta cayendo....lo último que le preocupa a la administración es este tema.
Pero que lo conocen...de eso no hay duda.
Un saludo,

Edito: acabo de leer contribuciones con mas detenimiento y lo que muchos proponen es un fraude de ley como una casa. Que no pasa nada? ok. Pero quién garantiza que la no actuación de la administración sea indefinida? Yo, personalmente, depende de que cosas, me cuidaría muy mucho de decirlas así tranquilamente...
 

fernyy

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Si se tiene nucleo zoológico y puedes ceder, si cobras es ilegal también, eso esta claro. El tema es que es dificil demostrar que has cobrado dinero de ella, pero no imposible.

Todo es muy simple, es ilegal de todas las formas, no le deis mas vueltas.

Si quereis hacerlo legal, a sacarse el nucleo zoológico de cria y a CEDER crias sin compensación económica ninguna.
 

Link5

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fernyy dijo:
Si se tiene nucleo zoológico y puedes ceder, si cobras es ilegal también, eso esta claro. El tema es que es dificil demostrar que has cobrado dinero de ella, pero no imposible.

Todo es muy simple, es ilegal de todas las formas, no le deis mas vueltas.

Si quereis hacerlo legal, a sacarse el nucleo zoológico de cria y a CEDER crias sin compensación económica ninguna.

Asi de facil y sencillo, y si se quiere una compensación económica, hacerse autónomo, yo no lo preguntaba por ese aspecto, yo simplemente quería saber las categorías, despues al surgir la duda, se cambio un poco el tema.
 

Sitocero

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Hola compañeros!!

Hoy he estado hablando con mi hermano (es autónomo) y me ha dicho que le consultará a Su gestor a ver que dice, más tarde me ha mandado un wats con este enlace.

Sí os apetece echarle un vistazo, está muy bien.

http://www.comparativadebancos.com/hay-que-hacerse-autonomo-para-facturar

Según este enlace hay un compañero que ha ganado 1 gallifante!!! :D (esta expresión la utilizo por un programa que había en la tele que nadie sé ofenda)

El ganador es;
xano dijo:
Hola a todos!
No se si estaré en lo cierto o no, pero según tengo entendido mientras no ingreses más beneficios que el salario medio interprofesional al mes no tienes porque declarar nada según me comentó un amigo que se dedica a la compra-venta por internet y se había informado sobre el tema.
Según dice en el enlace esto sé toma como norma general pero puede haber algún caso que no lo acepten.
También decir que aún que ponga esto en Internet espérate la respuesta del gestor e intentaré hablar con hacienda ya que internet... hay mucha cosa rara!

Dani Díaz Villegas dijo:
Asi de facil y sencillo, y si se quiere una compensación económica, hacerse autónomo, yo no lo preguntaba por ese aspecto, yo simplemente quería saber las categorías, despues al surgir la duda, se cambio un poco el tema.

Si sí pero como el tema del tipo de núcleo está resuelto pues ya aprovechamos pa comentar un poco, a mi me está pareciendo un hilo muy interesante.

Saludos Sitocero!!
 

Link5

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Sí, sí por supuesto, me parece interesante el tema, y creo que nos sirve para todos! a ver como acaba la cosa.

Entonces, de momento, se puede vender las crías, pero declarándolo si pasa del salario, sin necesidad de ser autónomo? (según queda expresado en ese enlace)
 

Sitocero

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Hola compañeros!!!

Dani Díaz Villegas dijo:
Entonces, de momento, se puede vender las crías, pero declarándolo si pasa del salario, sin necesidad de ser autónomo? (según queda expresado en ese enlace)

En principio si, pero como dije, en internet pone muchas cosas y a veces... lo aseguraré cuando la fuente sea de plena confianza. Mañana si puedo haré la consulta a Hacienda directamente.

Saludos Sitocero.
 

mike

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Sitocero dijo:
Hola compañeros!!!

Dani Díaz Villegas dijo:
Entonces, de momento, se puede vender las crías, pero declarándolo si pasa del salario, sin necesidad de ser autónomo? (según queda expresado en ese enlace)

En principio si, pero como dije, en internet pone muchas cosas y a veces... lo aseguraré cuando la fuente sea de plena confianza. Mañana si puedo haré la consulta a Hacienda directamente.

Saludos Sitocero.

En broma -y no tan broma-: que la respuesta sea por escrito Sitocero! que ya me los conozco...
 

Sitocero

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Hola compañeros!!!

Pues después de estar toda la mañana intentando encontrar respuesta por parte de Hacienda he de decir que de momento me he comido una m....da. He llamado a muchos números de teléfono y en ninguno me han contestado!!! jajajajajaja, luego claro toda la gente tiene que ser legal y notificar todo lo que hace para pagar impuestos, menuda panda!

Pero bueno que como no he tenido respuesta he estado mirando jurisprudencia y otras leyes y esta es la conclusión a la que he llegado.

3 conceptos:

1.- Afiliación al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA), es decir hacerse autónomo.
2.- Alta censal en el censo de empresarios o profesionales, y
3.- Alta en el correspondiente Impuesto de Actividades Económicas (IAE), pudiendo ser estas de tipo empresarial o de tipo profesional.

Concepto 1, no es necesario a no ser que tus ingresos superen el salario mínimo interprofesional que para el año 2013 ha sido;

Artículo 1 Cuantía del salario mínimo interprofesional

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd1717-2012.html

Si los ingresos de la ventas de las crías superan este importe SI es necesario darse de alta como autónomo.

Concepto 2.
Si queremos obtener cualquier tipo de ingreso de una actividad, de forma fiscalmente legal, nos tendremos que dar de alta en el censo de empresarios, o profesionales en su caso.

Concepto 3. Si queremos obtener cualquier tipo de ingreso de una actividad y, de forma fiscalmente legal, poder facturar y recibir facturas que nos imputemos (y desgravemos) en nuestra actividad, debemos cursar el alta en IAE.

Por mi parte yo seguiré buscando una respuesta de Hacienda si algún día la consigo os la haré saber jajaja.

Saludos Sitocero.
 

Vega

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Es alucinante que ningun funcionario de hacienda te haya respondido, luego se quejan cuando les bajan el sueldo o no cobran la extra. Eso si , si te retrasas un dia en pagar multa que te crio.
 

Link5

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Sitocero dijo:
Hola compañeros!!!

Pues después de estar toda la mañana intentando encontrar respuesta por parte de Hacienda he de decir que de momento me he comido una m....da. He llamado a muchos números de teléfono y en ninguno me han contestado!!! jajajajajaja, luego claro toda la gente tiene que ser legal y notificar todo lo que hace para pagar impuestos, menuda panda!

Pero bueno que como no he tenido respuesta he estado mirando jurisprudencia y otras leyes y esta es la conclusión a la que he llegado.

3 conceptos:

1.- Afiliación al Régimen de Autónomos de la Seguridad Social (RETA), es decir hacerse autónomo.
2.- Alta censal en el censo de empresarios o profesionales, y
3.- Alta en el correspondiente Impuesto de Actividades Económicas (IAE), pudiendo ser estas de tipo empresarial o de tipo profesional.

Concepto 1, no es necesario a no ser que tus ingresos superen el salario mínimo interprofesional que para el año 2013 ha sido;

Artículo 1 Cuantía del salario mínimo interprofesional

El salario mínimo para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, queda fijado en 21,51 euros/día o 645,30 euros/mes, según que el salario esté fijado por días o por meses.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rd1717-2012.html

Si los ingresos de la ventas de las crías superan este importe SI es necesario darse de alta como autónomo.

Concepto 2.
Si queremos obtener cualquier tipo de ingreso de una actividad, de forma fiscalmente legal, nos tendremos que dar de alta en el censo de empresarios, o profesionales en su caso.

Concepto 3. Si queremos obtener cualquier tipo de ingreso de una actividad y, de forma fiscalmente legal, poder facturar y recibir facturas que nos imputemos (y desgravemos) en nuestra actividad, debemos cursar el alta en IAE.

Por mi parte yo seguiré buscando una respuesta de Hacienda si algún día la consigo os la haré saber jajaja.

Saludos Sitocero.

Entonces, a ver, no hace falta que seas autónomo si tus ventas no superan los 600 y pico al mes, no? es decir, en un caso extremo que tengas muchas crías o lo que sea, y el precio de las crías son 1000 euros, por ejemplo, con que vendas 500 cada mes, no has de ser autónomo?

Los otros dos son altas en los cuales has de pagar ciertas taxas, no? esos dos puntos, no los entiendo ya que estos temas...


Por otro lado, en caso de venta, una cría de pogona, por ejemplo, se necesita nucleo zoologico, y documento de cesión? no hace falta ir a un veterinario a que verifique la cría ni nada?

Y en el caso de regius? el veterinario ha de verificarlo, por tema de CITES,no?
 

fernyy

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Si esto es cierto, que yo también lo lei hace tiempo, necesitarías el núcleo de cría, mínimo. En todas las tiendas se lleva un registro de animales y una persona física no va a ser menos.

A mi me extraña que esto sea asi, porque entonces yo al año puedo ganar 7200€ LIBRES DE IMPUESTOS cosa que me extraña y me hace creer que no es asi.

Ademas, ¿no se factura? ¿no queda constancia de ese movimiento en ningún sitio? Me extraña mucho tambien
 

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fernyy dijo:
Si esto es cierto, que yo también lo lei hace tiempo, necesitarías el núcleo de cría, mínimo. En todas las tiendas se lleva un registro de animales y una persona física no va a ser menos.

A mi me extraña que esto sea asi, porque entonces yo al año puedo ganar 7200€ LIBRES DE IMPUESTOS cosa que me extraña y me hace creer que no es asi.

Ademas, ¿no se factura? ¿no queda constancia de ese movimiento en ningún sitio? Me extraña mucho tambien

Yo he entendido que si superas los 600 y pico del salario minimo, has de declararlo y ser autonomo,no?? pero bueno, con que vendas para obtener unos 500€ al mes, no hace falta ser autonomo (sería algo asi como un vacio legal)
 

fernyy

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Dani Díaz Villegas dijo:
fernyy dijo:
Si esto es cierto, que yo también lo lei hace tiempo, necesitarías el núcleo de cría, mínimo. En todas las tiendas se lleva un registro de animales y una persona física no va a ser menos.

A mi me extraña que esto sea asi, porque entonces yo al año puedo ganar 7200€ LIBRES DE IMPUESTOS cosa que me extraña y me hace creer que no es asi.

Ademas, ¿no se factura? ¿no queda constancia de ese movimiento en ningún sitio? Me extraña mucho tambien

Yo he entendido que si superas los 600 y pico del salario minimo, has de declararlo y ser autonomo,no?? pero bueno, con que vendas para obtener unos 500€ al mes, no hace falta ser autonomo (sería algo asi como un vacio legal)

Es lo que digo que no me creo
 

Sitocero

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Hola compañeros!!!

Dani Díaz Villegas dijo:
Entonces, a ver, no hace falta que seas autónomo si tus ventas no superan los 600 y pico al mes, no? es decir, en un caso extremo que tengas muchas crías o lo que sea, y el precio de las crías son 1000 euros, por ejemplo, con que vendas 500 cada mes, no has de ser autónomo?

Efectivamente, si no pasas el salario mínimo interprofesional NO hace falta ser autónomo. Con lo cual lo que no hay que pagarle al estado son los 250 euros aproximados que se pagan mensualmente por este concepto.

Dani Díaz Villegas dijo:
Los otros dos son altas en los cuales has de pagar ciertas taxas, no? esos dos puntos, no los entiendo ya que estos temas...
Esto si es necesario pero es gratuito, no hay tasas. Es entregar en Hacienda el modelo 036 o 037 (son unos documentos estandarizados).

Dani Díaz Villegas dijo:
Por otro lado, en caso de venta, una cría de pogona, por ejemplo, se necesita nucleo zoologico, y documento de cesión? no hace falta ir a un veterinario a que verifique la cría ni nada?
Si tu eres quien la ha criado necesitas estar inscrito en el registro de núcleo zoológico centro de cría y un veterinario tiene que hacerte un certificado de animal criado en cautividad. El documento de cesión lo tienes que hacer tú cuando vendes o cedes la cría.

Dani Díaz Villegas dijo:
Y en el caso de regius? el veterinario ha de verificarlo, por tema de CITES,no?
El animal sea CITES o no si tu lo has criado siempre certificado veterinario de cría en cautividad.

fernyy dijo:
A mi me extraña que esto sea asi, porque entonces yo al año puedo ganar 7200€ LIBRES DE IMPUESTOS cosa que me extraña y me hace creer que no es asi.

Ademas, ¿no se factura? ¿no queda constancia de ese movimiento en ningún sitio? Me extraña mucho tambien

No compañero no, yo en ningún momento he dicho que ese dinero sea libre de impuestos, todo lo contrario! siempre he dicho que tienes que pasar cuenta con Hacienda. Lo que no es necesario es ser autónomo si el máximo que ganas es ese dinero.

Ser autónomo es una cosa y conlleva un gasto mensual por el pago a la seguridad social, este es el único gasto que te ahorras si no ingresas mas de los 7200, y pagar impuestos por una plusvalía es otra.
Hacienda siempre tiene que llevarse una parte del dinero que nosotros obtenemos por cualquier concepto. Con un ejemplo supongo que estará mas claro.

Si vendemos 20 animales y ganas 7200 euros con ellos a Hacienda la tienes que dar la parte que le corresponde de IVA, es decir, si el IVA es el 21% a Hacienda habría que darle 1512 Euros que es el 21% de 7200.

Saludos Sitocero.
 

Chelsea

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Hola! Estaba buscando información sobre este tema porque yo también tengo mis dudas.

1. Darse de alta en autónomos. Es una putada, porque son 256 euros al mes aproximadamente (sin contar rebajas para jóvenes y esas cosas). Lo de no superar el salario mínimo es algo que se dice pero que no está establecido legalmente por lo que yo sé. Se atiende al criterio de habitualidad, entonces habría que ver qué opinan en la seguridad social en cuanto la habitualidad de la actividad de cría. Lo mejor para no pillarse las manos es ir a la Seguridad Social y que te den por escrito que no estás obligado a darte de alta en el RETA.

2. Independientemente del RETA habrá que gestionar los impuestos, por una parte IVA y por otra IRPF. Esto supone encarecer tus ventas un 21% por IVA (que puede ser del 26,2% si se trata del régimen de equivalencia que hacen los minoristas, que básicamente es poner más IVA y no hacer tanto papeleo).

3. Darse de alta en IAE no tiene coste, los profesionales personas físicas están exentos, pero hay que hacerlo.

4. He pensado en la posibilidad de que se pudiera hacer como particular que vende declarándolo en el IRPF como ganancia patrimonial. Es igualmente legal, y se trata de decir "oye, que no es actividad económica, yo crío como aficionado y vendo parte de las crías". Entiendo que en este caso sería aceptable hasta cierto punto, si resulta que cada mes vendes crías por 1.000 € entonces sí te pueden decir que es actividad económica. Ahora, si tienes 5 crías al año como si lo haces en B. Desconozco también si en este caso habría que hacer algo respecto al impuesto de transmisiones patrimoniales.

Tengo pensado para un futuro montar un pequeño criadero (llamémosle pequeño criadero a una habitación acondicionada exclusivamente para la tenencia y cría de determinados animales). Entonces iré en persona a la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, porque en estos casos es mejor recibir la información de forma directa y por escrito antes de llevarte un buen susto.

Ejemplo: Uno lee en "el internete" lo del salirio mínimo y decide no darse de alta en el RETA, pero sí declara actividad económica en IRPF. Por el cruce de datos en la Seguridad Social les llama la atención y te hacen una inspección de trabajo y te obligan a pagar todas las cuotas de autónomos no pagadas hasta el momento con su correspondiente sanción e intereses. :eek:
 

visanbo75

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Para vender un animal criado por ti quizas con un documento de cesión ya sería suficiente sin necesidad de estar dandote de alta de nada, como tengas legalizadas y reconocidas las crias tu luego puedes cederlas a quien te de la gana con el documento pertinente. Otra cosa es que tengas una producción a nivel profesional pero yo cro que a nivel aficionado no hace falta volverse muy loco.
 

Vega

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Yo pienso lo mismo por mucho que cries en una habitacion de casa no creo que sea como para declarar. Haces un documento de cesion y punto.
Además si das de alta tu criadero tendras que cumplir con unos requisitos en las instalaciones de tipo sala de cuarentena, eliminacion de resisduos,.... en fin un lio.
 

perry

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Creoo que es un tema bsstante tratado, pero ya aprovecho para preguntar... Tengo entendido que no puedes entregar facturas si no estas estsblecido como empresa, es esto cierto? Y ademas, que tiene que poner en un documento de cesion? Alguien puede poner un ejemplo?

Muchas gracias

Perry
 

kurt

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Certificado veterinario para Anexo B, para A, a tienes hasta que estar dado de alta como criador
 
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