oxyuranus
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Al hilo de la polémica creada en el otro post sobre las Salamandras, quiero comunicaros que tras hablar con agentes del SEPRONA y SOIVRE, por si aún sigue habiendo algún incrédulo, me han comunicado lo siguiente:
Todos los animales autóctonos se pueden tener, comprar y vender, siempre que su documentación esté en regla.
La documentación para animales SIN CITES, será símplemente una factura o cesión de compra, repito, UNA FACTURA O CESIÓN DE COMPRA donde figuren todos los datos del criador o vendedor y el número de animales vendidos.
Para animales con cites, lógicamente necesitará su certificado correspondiente si es anexo A.
Los de anexo B que sean importados de paises fuera de la Comunidad Europea necesitan su número de cites de importación como ya sabemos todos, y los que hayan nacido en cautividad dentro de la Comunidad, no necesitan más que una CESIÓN O FACTURA DE COMPRA ya que nisiquiera estamos obligados a registrarlos en SOIVRE.
Si la Agencia de Medio Ambiente de la comunidad autónoma que sea prohibe la tenencia de algún autóctono, habrá que informarse en nuestra comunidad para no incurrir en ningún delito.
En Andalucía NO existe ninguna prohibición específica por parte de la Agencia de Medio Ambiente.
Espero que con esto se acabe por fin la polémica gratuíta que habéis formado, y no se siga desinformando a la gente a través de ningún foro argumentando mentiras como las del post de las Salamandras de Alemania.
Un saludo. Jacobo.
Todos los animales autóctonos se pueden tener, comprar y vender, siempre que su documentación esté en regla.
La documentación para animales SIN CITES, será símplemente una factura o cesión de compra, repito, UNA FACTURA O CESIÓN DE COMPRA donde figuren todos los datos del criador o vendedor y el número de animales vendidos.
Para animales con cites, lógicamente necesitará su certificado correspondiente si es anexo A.
Los de anexo B que sean importados de paises fuera de la Comunidad Europea necesitan su número de cites de importación como ya sabemos todos, y los que hayan nacido en cautividad dentro de la Comunidad, no necesitan más que una CESIÓN O FACTURA DE COMPRA ya que nisiquiera estamos obligados a registrarlos en SOIVRE.
Si la Agencia de Medio Ambiente de la comunidad autónoma que sea prohibe la tenencia de algún autóctono, habrá que informarse en nuestra comunidad para no incurrir en ningún delito.
En Andalucía NO existe ninguna prohibición específica por parte de la Agencia de Medio Ambiente.
Espero que con esto se acabe por fin la polémica gratuíta que habéis formado, y no se siga desinformando a la gente a través de ningún foro argumentando mentiras como las del post de las Salamandras de Alemania.
Un saludo. Jacobo.