Núcleo Zoológico ¿Obligatorio?

vano

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En cuanto al horno crematorio para obtener Nucleo Zoológico, en Andalucia tambien solo basta con un convenio con empresa que se deshaga de los cadaveres, y es de aplicación en toda España. Si bien aclaro desconozco la nueva normativa a la que se refiere nuestro compañero Arkaitz.

En cuanto a la exigencia de nucleo zoologico o no. Esto no es una exigencia Cites ( SOIVRE) (Ogano Estatal), salvo para algunas especies, la mayoria Apendice I, aunque no se aclara, si es un nucleo zoológico o un parque zoológico el que puede mantener dichas escpecies.

La exigencia de los distintos nucleos zoologicos, viene de las CCAA y es el municipio donde se haye dicha instalación el que concede la licencia, mediante respuesta previa y vinculante al informe de nucleo zoologico que emite la Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal, al que corresponda el municipio donde nos encontramos. De forma mas clara.

1) Comunidad autonoma, emite o modifica normativa sobre la obligatoriedad o no de Nucleo para mantener ciertos animales o cierto numero de animales( de ahi igualmente los distintos nucleos)

2) De acuerdo a esa normativa , solicitamos licencia al nuestro Ayto.

a)Nos la concede.- Encargamos proyecto de Nucleo a un Veterinario (privado)

b)No nos la concede.- En la misma denegación figuran las causas por las que se deniega. Algunas son subsanables otras no, como comentaba normalmente , la incompatibilidad de Uso donde pretendemos instalar el nucleo.

Ante las subsanables, pues corregir lo que nos piden o alegaciones.

Ante las no, la verdad y con la ley actual en la mano , poco hay que hacer o alegaciones.

3) Se solicita al venterinario( aconsejo se le pida a alguien con experiencia en proyecto de este tipo de nucleos) nos redacte un proyecto de acuerdo al lugar donde vamos a disponer nuestro nucleo.

4) Presentar el proyecto al nuesto Ayuntamiento y Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal y esperar visita de instalciones para:

a) Informe favorable

b) Informe desfavorable:

.- Deficiencias subsanables

.- Deficiencias no subsanables, pese a la idioneidad presunta inicial por parte del Ayuntamiento.


5) Tras el Informe favorable de la Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal el Ayto concede la licencia de nucleo.
 

carlosmr19

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Yo no descartaba dedicarme algun dia a la importacion exportacion cria y venta de exoticos en una nave, pero veo que no ponen las cosas faciles ni baratas.

Al leer esto me surge la pregunta de que si quien no tenga horno crematorio va a tener que pagar al veterinario para que hornee los cadaveres, o haga el tramite pertinente. Porque vaya tela, si tienes animales importados que sabemos que muchos vienen mal o crias pequeñas de cosecha propia que no salen adelante podrias gastar mucho.
Nose lo que podra costar un horno de este tipo para reptiles, pero me da que no debe de ser barato si alguien tiene idea... y videotutorial para convertir horno casero del carrefour en infierno parece ke no hay en youtube ni en vagos.es.

Otra pregunta es si una vez pasado el calvario de tramites tienes que volver a pagar por renovacion, o por las inspecciones y demas.
 

Òscar Martínez

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Perfectamente explicado Raúl, creo que con ese resumen debería quedar más que claro el procedimiento.

Saludos
 

vano

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Gracias Oscar solo ha sido ordenar las nociones repetidas, entre ellas muchas tuyas, porque experiencia ... te sobra.

Carlossmr19

En cuanto al tipo de nucleo para importar de exoticos, depende de la expecie, igual que para la cria y/o reproducción. No es lo mismo reptiles que mamiferos( mas exigente en la segunda).

En cuanto al horno crematorio, ya digo, la única noticia que tengo de su obligatoriedad por normativa es por nuestro compañero Arkaitz, espero nos precise mas sobre ella, para asi poder responder.

Por lo demás la normativa es clara basta un convenio firmado con cualquier empresa que se dedique a ello. Asi es como lo hacen clinicas veterinarias, tiendas, incluso algunos parques zoologicos. Como han dicho otros compañeros.

En cuanto a revisiones vienen mas de denuncias que de la rutina de dichos organismos.
 

vipershadow

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El problema es que no es lo mismo un nucleo de una persona que tiene 4 parejas reproductoras, que de una empresa de importacion y cria, no estariamos hablando ni de los mismos ingresos, ni del mismo riesgo para la salud publica. En cuanto a si es caro o no la incineracion, normalmente se paga por kilos, por lo que no estariamos hablando de un precio astronomico. No se si era entre 4 y 8 euros el kilo o algo asi, era la incenaradora de animales de la que yo tengo constancia.

Un saludo
 

carlosmr19

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Ah pues no es cara la incineracion si vas con una montaña de cadaveres, aunque claro si se trata de repiles pequeños es dificil ir con kilos a menos ke palmen el mismo dia todos, me viene a la cabeza que se muera una cria que no pesa ni 10 gramos. Imagino ke siempre habra ke pagar un minimo por precalentar el horno.
 

vipershadow

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En teoria te hacen tener un arcon congelador, donde puedes almacenarlos hasta la incineracion. Por lo que puedes acumularlos durante cierto tiempo, y llamar para su recogida cuando tengas un cierto numero.
 

arkaizt

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pro-cages dijo:
Si bien aclaro desconozco la nueva normativa a la que se refiere nuestro compañero Arkaitz.

Por desgracia yo no he comentado eso respaldado por una normativa sino por un hecho en concreto... por lo que me he dado cuenta, quizas lo mas acertado es el comentario de que hay veces que piden cosas no legisladas; y si no estas al tanto te lo colocan como a este hombre del que yo hablo....

Un saludete!
 

vano

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Tarifa-Asilah
Arkaizt dijo:
... pero la nueva normativa, piden el horno crematorio, (de pequeño tamaño) es evidente que no hace falta uno inmenso. Pero actualmente los hay del tamaño de un horno de casa...

Aqui lo dabas por hecho claramente, por eso me extrañaba, que no tuviera noticia de dicha Ley.

Es bueno siempre contrastar normativa o por el contrario documentar completamente cualquier noticia o hecho, de otro modo no saldremos de esta confusión.

Por eso seria bueno, Arkaizt que intentarás averiguar que fue lo que pasó realmente y lo expuesieras, por supuesto sin nombres.

Yo supongo que lo que le pudo pasar a tu amigo es que no tuviera ningún convenio firmado.

Pero de todas formas la administración, antes de negar, cerrar o prohibir , lo comunica por escrito, dando un plazo para subsanar las deficiencias que tenga dicha instalación o plantear alegaciones.

Por eso me extraña que ante por el solo hecho de no tener un horno crematorio, optara por deshacerse de los pajaros en vez de firmar convenio con una empresa que diera dichos servicios, como hacen el resto de las personas que tienen nucleos.
 

arkaizt

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Si si, por que a el le comunicaron que segun la nueva normativa debia tener un horno crematorio, claro esta, yo no tuve acceso a esos documentos!! pero si se que tras varios intentos de saltarse ese asunto, y no poder, le obligaron a cerrar el nucleo por la falta del horno, tambien he de decir que el aviario eras bastante, pero bastante grande...

No puedo decir mucho mas... si me preguntas algo te puedo ir contestando, pero yo me creo ahora mas lo que dijo el compañero OLMO (creo que ha sido el) que comenta que a veces piden cosas que no estan escritas, pero que sanidad cree que son necesarias por otros motivos... y si no estas agil pues cierras...

No puedo decir mucho mas raul... =S como he dicho, lo he visto de muy cerca, pero tampoco he tenido acceso a documentos ni he estado todo el dia encima del asunto (en su momento), tranquilo que si fuera mi caso ya me habria encargado de estar encima del tema... ajajajaj
 

vipershadow

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A ver si alguien puede confirmarlo, pero puede que el asunto tenga que ver con el hecho de que el nucleo sea de aves, quizas hay alguna normativa que prohibe el translado de cadaveres de aves, ya sabeis que todo se ha endurecido muchisimo en aves por temas de gripe aviar y psitacosis. Muchas especies estan viviendo ahora una segunda edad de oro, tras el cierre de las importaciones.

P.D: Quizas si esta regulado el transporte de cadaveres de aves a mas de x km(lo que seria logico)del lugar de produccion de los mismos, y la zona donde este hombre tenia su nucleo zoologico esta alejado mas de esos km de la incineradora mas cercana, le obligaran a tener un horno crematorio propio (Aunque por mas que busco no encuentro nada que especifique que sea necesario tener un horno crematorio propio, solo he visto un comentario de un hombre del Principado de Asturias en un foro de canaricultura, pero despues en la normativa del principado de asturias no he visto nada al respecto)

Añado tambien una ordenanza fiscal del Ayuntamiento de la Roda cerca de Albacete, donde se puede consultar el precio de la incineracion

Un saludo
 

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vipershadow

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Decreto 73/1998, de 3 de diciembre, por el que se regula la actividad de los núcleos zoológicos en el Principado de Asturias.
 

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vano

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Tarifa-Asilah
Pues muy lógico Olmo, por eso es tan importante que tuvieramos más detalles, Arkaitz , de veras seria bueno , si se pudiera, hacerse con el cualquiera de los escritos que le mando la administración a este señor. Pues en cualquiera de ellos podríamos ver, que administración (local, autonomica o central) la que lo cierra , motivos de hecho y motivos de derecho (normativa al amparo de la cual se comenzo el expediente)

De esa manera, como decia Oscar, podremos tener una información mejor y no tener tanto miedo.
 

vipershadow

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Los dos problemas mas grandes que pueden surgir en la peticion de un nucleo zoologico:

-Ayuntamiento ponga limites referentes a uso de suelo (ej. no se pueden tener en nucleo urbano)

-Que desde medio ambiente se pongan pegas de instalaciones, como puede ser el tema de residuos, tanto de cadaveres comola necesidad de fosa septica o conexion al alcantarillado municipal. Despues hay otras medidas que pueden pedirlas y que aunque suponen un gasto importante deberian tenerse, como habitacion separada para cuarentena en aves, paredes lavables, etc..

De todas formas la legislación estatal sobre nucleos zoologicos esta pendiente de renovacion. Ni a la misma autoridad le conviene tener sin control a los criadores de animales domesticos y salvajes, como esta pasando ahora, por el riesgo sanitario potencial que conlleva. Esperemos que se den cuenta y suavizen los requisitos de nucleos zoologicos a pequeñas colecciones, es normal que si se tiene una nave industrial de reptiles se le exija cosas como quien tiene una nave de cerdos, pollos, etc...
Pero quien tiene por ejemplo 3 parejas reproductores de pogonas en 3 terrarios en casa, no es logico que se le exija lo mismo que quien tiene una nave con 40 vacas...
 

arkaizt

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pro-cages dijo:
Pues muy lógico Olmo, por eso es tan importante que tuvieramos más detalles, Arkaitz , de veras seria bueno , si se pudiera, hacerse con el cualquiera de los escritos que le mando la administración a este señor. Pues en cualquiera de ellos podríamos ver, que administración (local, autonomica o central) la que lo cierra , motivos de hecho y motivos de derecho (normativa al amparo de la cual se comenzo el expediente)

De esa manera, como decia Oscar, podremos tener una información mejor y no tener tanto miedo.

Lo intentare ok? me voy a poner en contacto con el a ver si conserva los papeles y los escaneo y tal!!

Un saludete!!
 

Xtin

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Sé que el hilo está parado desde hace muchos meses, pero me parece mejor revivirlo a abrir uno nuevo para mi consulta. ¿Cómo va el tema de sacarse el Núcleo zoológico en Andalucía?
 

Dendromaniaco

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Bueno, os cuento.
Ayer comencé esta aventura de solicitar N.Z. (Vivo en Andalucía, concretamente en Coín (Málaga))
Actualmente tengo en casa: 12 Dendros, 2 Lirones enanos, 2 geckos, 3 agalychnis, 5 camaleones, 1 perro, 1 gato, 1 rata.
Las instalaciones: 3 terrarios con las ranas, 1 terrario con los lirones, 1 terrario exterior y 1 interior para los camaleones y los geckos.

De momento el primer paso ha sido empezar a buscar un veterinario que me facilite un documento que acredite como son las instalaciones y en que estado están los animales, y cuanto me va a cobrar por ello.

Os iré contando como evoluciona el tema.
 

maguito

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Por experiencia en Barcelona, lo mejor es.....Depende la verdad.
En Barcelona, por ejemplo, si no tienes local de Venta, ponen la tira de problemas el mismo ayuntamiento.
Y lo mas importante, si VIVES EN UN PISO DE ALQUILER deberas de tener el PERMISO del dueño.
O sea, que si eres propietario, lo tienes muy facil en este aspecto, pero si el dueño, no te lo da....Es una pega
Respecto al tema del horno, ni los veterinarios tienen horno. Como ha indicado Olmo, si se necesita un Arcon Frigorifico para almacenarlos, y una vez al mes, o al año, dependiendo del volumen, entregarlos a una empresa especializada.
En el SOIVRE, si estas dado de alta como criador, no te solicitan el N.Z. (por lo menos en mi caso), y a la hora de legalizarlas, dependiendo del tipo de Cites de los animales, aparte del Veterinario, es el mismo inspector del Soivre el que vendra a tus instalaciones o quedareis en el veterinario a la hora de proceder al microchipado de las especies.
Lo mas facil, como alguno ha indicado, son los ayuntamientos pequeños, pues por ejemplo, entre el de Sant Boi, y otro mas pequeño, las facilidades son abismales. Lo indico, porque tengo dos amigos, uno que lo solicito en plan empresa en Sant Boi, y fue medio kafkiano para el, y otro en un pueblecito del Valles, y que le dieron la tira de facilidades.
Y en Barcelona, por experiencia, el 99% de los funcionarios ignoran los pasos a seguir, facilidades o maneras de poder conseguirlo.
Lo que si se, es que si es en tu casa, y la misma es de alquiler, es necesario el permiso del dueño.
Es mas facil en un local, aunque se dedique a otra actividad, pues al no haber vecinos, en el ayuntamiento no ponen tantas pegas.
Y si puedes, envia como va el tema, a ver si es mas facil en Andalucia que en Catalunya.
Carlos & MAguito
 

juhan78

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Ya sé que esto lleva parado la tira, pero solo deciros que he ido a sacarme el nucleo zoológico a Ganadería en Cantabria y me han dado directamente una copia de la Orden de Núcleos Zoológicos (Orden del 28 de julio de 1980, ahí es nada la actualidad de la cosa...) en la que directamente tiene subrayado el artículo 10 para los que como yo hemos ido a preguntar. Os copio y pego el artículo:

10. Queda excluida del precepto de registro la tenencia de animales indígenas o exóticos para uso exclusivamente familiar. No obstante, los propietarios deberán observar las disposiciones zoosanitarias de carácter general, quedando, además, facultada la Dirección General de la Producción Agraria para dictar, a este respecto, cuantas normas estime oportunas, como salvaguardia zoosanitaria.

Dicho en otras palabras... Los particulares no estamos obligados y si en Medio Ambiente te lo piden, estarían haciendo algo, a mi entender, ilegal.

Es más, me dijo la veterinaria que en un piso particular (mi caso concreto) no me lo iba a dar ni aún con un informe favorable del ayuntamiento (donde han firmado que no saben nada de cría de reptiles y que no me pueden dar ni el visto bueno ni una negativa) y del veterinario (que tendría en todo caso) porque siendo un piso particular no podría entrar a hacerme una inspección sin una orden judicial y sin la guardia civil. Además que sin fines comerciales tampoco era necesario por lo dicho en el artículo 10.

Total, que yo tengo los papeles de la solicitud al ayuntamiento y la copia del BOE por si las moscas... que nunca se sabe,

Un saludo

Juan
 
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