Tomberrian
Well-Known Member
Aitortxu dijo:Te lo agradecería, yo he preguntado por e-mail y no me responden. Sino cuando acabe examenes me presento en el Gobierno Vasco.Tomberrian dijo:Me he quedado con algunas dudas así que les escribiré dentro de poco de nuevo, si os parece también les preguntaré por el tema de los autóctonos (pero sólo servirá para nuestra comunidad).
No me han aclarado demasiado, esto es lo que me ha contestado...
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Pregunta: También he oído alguna vez que está prohibida la tenencia de toda especie de reptil o anfibio autóctono en cautividad
Respuesta: Efectivamente está prohibida.
Pregunta: La captura de ejemplares salvajes tengo bastante claro que está prohibida, pero, ¿la tenencia también está prohibida si esos animales no son capturados en España? (Por ejemplo, en otro país donde sí esté permitida su captura o se lleven criando en cautividad desde antes de que se implantara la prohibición). En caso negativo, ¿sería necesario algún permiso especial? ¿O la documentación a aportar y las licencias deberían ser las mismas que para cualquier animal alóctono dependiendo de su grado de protección?
Respuesta: Tendrías que demostrar el origen del animal y la documentación que le ampara. Deberías ponerlo en conocimiento del Servicio de Conservación y Espacios Naturales Protegidos de la Diputación Foral de Bizkaia.
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Al principio me ha dicho que está prohibido, pero por la respuesta de después parece que si demuestras el origen legal del animal sí se puede. Lo que no me ha dicho es cómo demostrarlo, vamos, con qué documentación se van a contentar... ")emostrar el origen del animal" puede referirse desde un simple documento de cesión, hasta pruebas de ADN de todos los ascendientes del animal hasta llegar a la captura del primer ascendiente. Así que no sé... Sería mejor que te pusieras en contacto con el servicio que menciona, pero el de tu provincia, ellos sí te podrán decir qué requieren (yo estaba hablando con el servicio de ganadería).