Tenencia de autóctonos.

Tomberrian

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Anigros, ¿en qué Ayuntamiento preguntaste? Si es de fuera de Vizcaya igual no se rige por los mismos criterios que la Diputación Foral de Vizcaya (aunque se supone que la ley es la misma para todos los de la comunidad...).

Pues bien vamos si no se ponen de acuerdo las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos, se supone que la licencia de núcleo zoológico la expiden entre los dos :cool:
 

mike

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Bueno,
Hoy me ha llamado un amigo mio que se puso en contacto con CRARC (centro de recuperacion de reptiles y anfibios de catalunya) y respondiendo a su pregunta de si se podian tener legalmente le han dicho que no.
Dentro de un rato haber si me manda al mail la contestacion exacta y la pongo aqui.
Un saludo
 

robertomalaga

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Luix tu de que república independiente eres? Brongersmai y tu de cual eres? Tomberrain es de la república independiente de Euskadi, Oxyuranus y yo somos de la república independiente de Málaga, también existe otra en Sevilla, en todas esas repúblicas independientes, los independentistas podemos tener animales autóctonos criados en cautividad legalmente porque somos una república independiente y nuestras autoridades lo permiten porque claro, también son independientes, en Euskadi también pasa lo mismo, si tienes la documentación del animal en regla y no es Cites como la salamandra, pues también lo puedes mantener, pero en el resto del país, a donde los agentes del Soivre aplican unas leyes diferentes al resto de las repúblicas independientes, está prohibido mantener anfibios u otros animales autóctonos procedentes de la cría en cautividad, no valen los documentos aportados, éstá prohibido y punto (Yo -Kim).

Voy a ver que me dicen los agentes del SOIVRE INDEPENDIENTE DE MALAGA de mantener animales de terrario con su documentación en regla.

Hay que joderse.
 

robertomalaga

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Acabo de recibir una llamada del SEPRONA INDEPENDIENTE DE MALAGAtras dejarles mensaje en el contestador ayer tarde, que no aplica la misma normativa que el de MADRID O EL DE VALENCIA (según los datos aportados por más de uno):


ME COMENTAN: SALAMANDRA SALAMANDRA CRIADA EN CAUTIVIDAD EN ALEMANIA CON DOCUMENTO DE CESION DEL CRIADOR SE PUEDE MANTENER SIN PROBLEMA ALGUNO ES LEGAL , REPITO ES LEGAL (EXTENSIBLE A ANFIBIOS AUTOCTONOS Y REPTILES AUTOCTONOS) EXCEPTO CASOS COMO EL DE CATALUNYA Y LAS T.HERMANI.
¿Que hace el Seprona cuando le presentamos este documento (que según los datos aportados por algunos en estos últimos dias es poco más que un mojol)? Se pone en contacto con el criador y si el documento es falso te la cuelan por detrás, si el documento es correcto y los datos concuerdan TIENES UNAS SALAMANDRAS CRIADAS EN TERRARIO EN CAUTIVIDAD.



Saludos desde la R.I.de Málaga
 

boamaria

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robertomalaga soy de la república independiente de Huelva pero he estado años en Sevilla y Córdoba, ahora llevo 3 años y medio en Barcelona.
mike, si no se pueden tener autoctonos por qué amigos mios tienen lagartos ocelados, culebras de escalera, herraduras, graecas, viboras hocicudas, todo con su correspondiente documentación, y cuando las crian registran esas crias sin ningún problema? Creo que no has formulado la pregunta correctamente o no te han entendido esos del CRARC, ellos te habrán entendido la pregunta como; ¿puedo tener animales autoctonos legalmente? pensando en que vas al campo y los pillas para tenerlos ;) Las leyes son las mismas en toda España, menos algunas leyes absurdas como lo de no poder mantener animales exóticos que pesen mas de los 3 kilos que existe en algunas comunidades y en otras no, cosa que no se aplica excepto si hay denuncia.

Saludos. Rafa.
 

Luix

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Roberto, soy de la republica independiente de Madrid, y por lo tanto tengo y puedo manter animales autoctonos debidamente documentados en mi casa.
No se si te acuerdas que nos vimos este verano por tu republica independiente, en compañia de Tomi y de Jacobo, viendo anfibios por la noche y tomando mojitos...jejeje
un saludo!
 

oxyuranus

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Vaya, menos mal que al final sabemos tomarnos las cosas con algo de humor, a pesar del mal rollo que ha imperado en el post varias lecturas más atrás.

Mari Bichos, yo no me como a nadie y me gusta tu forma de plantear las cosas y de exponer las dudas, que lógicas por cierto, y que a más de un desinformado le hacen dudar aún si se puede o no tener un autóctono con su documentación en regla (Cesión o factura con datos reales y verídicos en caso de animal de Anexo B o animal no sujeto a CITES). Está cláramente explicado en mi primer mensaje, que lo puse a conciencia para ello.

Si intentas hacer trampas de la forma tan simple que comentas, puede que engañes a alguien que nunca investigue la procedencia de la cesión y datos inventados, pero si el SEPRONA te pide la documentación de tu lagarto ocelado, automáticamente verifica que sea correcta, y se pondrá en contacto con el cridador de ese lagarto ocelado, para a su vez, pedirle la documentación )E LOS PROGENITORES DE TU LAGARTO, es así de simple... y la pregunta del millón es: ¿¿¡¡¡¡¡¡¡¡Dónde está esa documentación!!!!!!!!??

No existe como es lógico, a menos que te la inventes de nuevo y quieras seguir haciendo trampas, que lógicamente se puede intentar, con grandes posibilidades de que finalmente se detecte cualquier irregularidad y te descubran.

Mari Bichos, con animales de CITES 2 también se pueden hacer trampas, y con animales de CITES 1 igualmente. No sé porque os extrañáis por el tema de las cesiones porque es el documento válido que se entrega para venta de cualquier animal, sea autóctono o no, acompañado de los CITES si los animales están sujetos a ello.

¿¿Y si te traes un animal escondido en un viaje y cuando llegas aquí te inventas una cesión?? Es igual de fácil, aunque no sea autóctono. Si querer hacer trampas no es complicado, la cuestión es que te arriesgas a que en cualquier momento, algún agente medioambiental pida documentos a alguien que tenga un animal que tú hayas vendido ilegalmente, y será cuando bajo la más mínima irregularidad abran una investigación.

Un saludo desde la R.I.M. De paso saludo a mis colegas del resto de repúblicas independientes.

Por cierto Roberto, ya hablé con el SEPRONA antes de ayer referente a este asunto, seguro que andan mosqueados con tanta consulta repetitiva. Si las leyes y normativas de CITES lo dejan muy claro, no merece la pena dar más el tostón. Falta saber si en otras comunidades existen prohibiciones por parte de las Agencias de Medio Ambiente, nada más.
 

mike

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Me acaban de pasar el mail:

Hola,
pel que sabem fins al moment actual, la legislacio espanyola parla de especies salvatges o domestiquess. per tant si un reptil es salvatge esta protegit, pero si es domestic (per exemple criat a alemanya) es pot tenir. Aixo no pasa a catalunya, que parla de especies protegides. No especifica si es salvatge o domestica,. Per tant si una especie es protegida , encvara que estigui nescuda en captivitat , no es pot tenir si pertany a la fauna catalana.
Esperem servos d'utilitat
Atentament

C.R.A.R.C
Centre de Recuperació d'Amfibis i Rèptils de Catalunya
Catalonian Reptile and Amphibian Rehabilitation Center
08783 Masquefa, Barcelona, Spain


Traduccion:
Por lo que sabemos hasta el momento actual, la legislacion española habla de especies salvajes o domesticas. Por lo tanto si un reptil es salvaje esta protegido, pero si es domestico (por ejemplo criado en alemania) se puede tener. Esto no pasa en Catalunya, que habla de especies protegidas. No especifica si es salvaje o domestica. POr lo tanto, si una especie es protegida, aun siendo nacida en cautividad, no se puede tener si pertenece a la fauna catalana.
Atentamente,

C.R.A.R.C
Centre de Recuperació d'Amfibis i Rèptils de Catalunya
Catalonian Reptile and Amphibian Rehabilitation Center
08783 Masquefa, Barcelona, Spain
 

ADAM

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Desde la republica independiente de Madrid,aun siendo de la republica independiente de Leon(y espero que ningun cazurro como yo se lo tome al pie de la letra) :D ,deseo que este post no vuelva a entrar en discusion y no se vuelvan a escribir casi 10 paginas de vacio(aunque a pesar de estar vacio me haya pasado mas de una hora y de dos leyendo y quiza haya repercutido a mal en mi vista),ya que se abrio este con el fin de esclarecer las discusiones que ya se hacian en el otro,dejandonos a los incultos en el tema con la informacion en condiciones,limpia de todas esas confrontaciones por la razon(que para eso ya tenemos los politicos que tenemos).Una vez mas,ya que creo que no se ha tenido en cuenta pues se han escrito encima unas 3 hojas mas,dejo un enlace a un post de este mismo foro donde aparece la informacion que debe reflejar un documento de cesion: http://www.faunaexotica.net/foro/general/datos_de_un_documento_de_cesion_segun_la_administracio-t41484.0.html

Preguntas: Tengo 5 Bombinas,3 de ellas las compre,aun conservo su recibo de compra,esto vale para acreditarlas?y si crio,que debo hacer para venderlas?dos de las 5 me las regalo su anterior propietario,deberian de haberme dado su recibo de compra?un recibo como el que te hacen en cualquier tienda de animales(pajareria),vale como documento de cesion o factura?o el documento de cesion es otro papel?cual?

Una buena respuesta mike

Espero que mis dudas se resuelvan pronto.Saludos.
 

Mari Bichos

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:D

Gracias chicos por seguir posteando sin que aun nadie se haya vuelto loco. ;)

Al caso... imaginemos que ese lagarto ocelado mío de captura, pero con intento de hacerlo legal, ha pasado ya por 10 personas, una tras otra, a parte del pago del dinero, solo de daban como único documento el de cesión.

De mi van a mi amigo, con el documento de cesión de mi amigo, van a su amigo, y en el de su amigo, a otro amigo hasta que nos remontamos X años y uno dice... LO SIENTO, PERO ES QUE HE PERDIDO EL DOCUMENTO DE CESION DE ESE LARGARTO QUE HACE YA NADA MENOS QUE X AÑOS QUE LO VENDI. O incluso como si tira a la basura el documento de cesión, pues no va a volver a ver jamás a ese lagarto, y quizás ni tan siquiera al chico al que se lo cede.

Conclusión... no hay forma de llegar a ningún criador ni padres del animal registrados. ¿Como sabe el SEPRONA entonces si mi lagarto es ilegal o no?

Si me lo quedo ya me he salido con la mía, he hecho legal un animal de captura ilegal. Y si me lo requisan y/o me multan, y poniendo el caso de que de verdad SI ERA LEGAL EL ANIMAL, ¿pago yo el pato por que a un tío que ni conozco perdió un papel hace X años? :eek:

Dicho en resumen. Cuando la cadena de documentos de cesión se rompe, por perdida de uno de los "eslabones", ¿que se hace?
-------- O --------

Y por otro lado, otra trampa que se me ocurre.

Yo tengo una pareja de ocelados documentada, y las crías las vendo únicamente con la cesión… cada año me hacen una puesta, o no, pero yo del campo pillo X crías y las hago pasar por hijos de mi pareja. ¿Es posible que me pillen?
 

robertomalaga

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Torremolinos (Malaga) 29620
Yo haré lo contrario que muchos cuando no tienen la información real, esperaré callado a ver que argumenta JACOBO.

Cita de Luix:

No se si te acuerdas que nos vimos este verano por tu republica independiente, en compañia de Tomi y de Jacobo, viendo anfibios por la noche y tomando mojitos...jejeje

Que si me acuerdo:confused:..........jejejejejeje MOJITOS Y SALAMANDRAS, ni mujeres ni na, eso es vidaaaaaaaaa :D


Saludos a todos y a todas de todas las repúblicas independientes y colonias de ultramar
 

Luix

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Mari bichos, en el hipotetico caso que planteas ocurren varias cosas, tu capturas un ocelado y te inventas una cesion, lo cedes, a su vez es cedido..etc cuando se hace una cesion, una es para el nuevo propietario y otra para el antiguo, y las 2 van firmadas. Bastaria con seguir los pasos hacia atras hasta encontrar quien no tiene un primer documento de cesion.
Por mucho que nunca vuelvas a ver un ejemplar ni al que se lo cedes debes guardar siempre, la cesion. Ademas se debe (que no digo que se haga) tener no solo la cesion del anterior propietario sino todas las anteriores o al menos una copia de por todas las manos que hayan pasado (yo mismo con halcones que han pertenecido a 3 o 4 dueños, pido y tengo copias de las cesiones de los 4 anteriores propietarios al siguiente y la original que me lo cede a mi). Si llegan a un punto en que el anterior dueño no exite con las datos que figuran en la cesion, el problema sera tuyo, pues debiste confirmar la veracidad de esos datos antes de aceptar el animal.
Y lo de reponer la puesta con una del campo, un simple analisis de ADN entre tus parentales y las crias demostraria que no son hijos suyos.
A los criadores de rapaces,a todos los apendice A, nos obligan a hacer analisis de adn parentales-hijos.
Mike que tiene que ver un centro de recuperacion con un organismo legislativo acaso ellos hacen las leyes? o las aplican?
De todas maneras con ese mail reafirmas nuestra postura de que SI se pueden tener autoctonos, pues ellos mismo te lo dicen y te cito el mail: es pot tenir traducido: se puede tener.
Es mas volvemos, a lo mismo, en Cataluña, el halcon peregrino es una especie protegida, al igual que el azor, el cernicalo etc... y se pueden tener sin ningun tipo de problema mientras esten criados en cautividad y debidamente documentados.
Conozco numerosos cetreros catalanes que mantienen y crian rapaces sin ningun problema.
Mike, Tu mismo puedes ir mañana a cuaquier criador y comprarte un peregrino y darlo de alta en tu comunidad.
Un saludo.
Es mucho mas agradable mantener este tono cordial que el tono mordaz que anterorirmente se ha usado.
 

Anigros

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Tomberrian, ahora soy de Urduliz, pero cuando pregunté lo hice en el ayuntamiento de Getxo porque vivía allí. A ver si el viernes me puedo pasar y les vuelvo a preguntar.

Agur!
 

oxyuranus

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Mari Bichos, Luix te lo ha explicado perféctamente. Si pierdes las cesiones de tus animales no tienes como demostrar nada!! Es muy simple, no estarán documentados y te los requisarán.

Se conocen cientos, miles de casos en los que las pajarerías venden animales con una simple facturita de esas que salen por el ordenador, el recibo de compra acaba perdiéndose, y el Seprona acaba requisando esos animales por no tener documentación, aunque todos fueron procedentes de importaciones legales (Iguanas, tortugas, escorpiones... en definitiva, animales de apéndice 2 de CITES)

Mari Bichos, puedes seguir dándole vueltas a como hacer trampas, es igual que con animales de CITES 1. Tienes una tortuga con CITES, se te muere, le sacas el microchip y se la pones a otra del monte... Ves? Si nadie discute que puedas hacer trampas, pero si casualmente se hiciese un control de ADN a esa tortuga en comparativa con sus padres, ya te habrían detenido. Los controles de ADN son cada vez más frecuentes, pronto serán obligatorios para todos los criadores de autóctonos y existirá una base de datos de los reproductores con sus fichas de ADN, cosa que me parece estupenda.

Estoy intentando contactar con SOIVRE de Barcelona, he llamado pero la chica que me ha atendido me ha pedido que lo haga por escrito. Cuando tenga tiempo les escribo.

Mike, algo falla entonces como dice Luix, no imaginas la cantidad de criadores de rapaces que hay en Cataluña, autóctonas claro, domésticas (NC) o obtenidas antaño del medio silvestre bajo permisos que se concedían.

Saludos.
 

Udonis

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alicante
si en la factura pone todos los datos del animal ,es como si fuera un documeno de cesion . si no pone nada mas , que una simple factura , no te valdra para poder registrarlos . pero primero tienes que mirar si el animal esta en el cites .... .

saludos
 

mike

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Yo solo escribo lo que me dicen jacobo, esta tarde me acercare yo personalmente a medio ambiente a preguntar ya que aun no han contestado.

Mike que tiene que ver un centro de recuperacion con un organismo legislativo acaso ellos hacen las leyes? o las aplican?
Hombre, creo que el CRARC, por lo menos aqui en catalunya tiene un peso enorme con todo lo referente a autoctonos, sin ir mas lejos es el unico centro de recuperacion de fauna salvaje especializado en reptiles y anfibios (solo se dedican a esto) de todo el Estado.
Ademas, dependen de la generalitat y se considera un organismo oficial. Yo creo que algo tienen que saber del tema no?

De todas maneras con ese mail reafirmas nuestra postura de que SI se pueden tener autoctonos, pues ellos mismo te lo dicen y te cito el mail: es pot tenir traducido: se puede tener.

Se pueden tener siempre que no haya una legislacion a nivel de comunidad autonoma/ayuntamiento/etc.. que lo prohiba, y catalunya como el correo electronico indica SI QUE LO PROHIBE. Esto es lo que dice el mail.


Es mas volvemos, a lo mismo, en Cataluña, el halcon peregrino es una especie protegida, al igual que el azor, el cernicalo etc... y se pueden tener sin ningun tipo de problema mientras esten criados en cautividad y debidamente documentados.
Conozco numerosos cetreros catalanes que mantienen y crian rapaces sin ningun problema.
Mike, Tu mismo puedes ir mañana a cuaquier criador y comprarte un peregrino y darlo de alta en tu comunidad.

Yo la verdad, de aves rapaces ni idea no es lo mio. Quiza tienen otra legislacion? no lo se, nunca he tratado con ellas.

Un saludo
 

tito16

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A Gudiña (Ourense)
bueno pues despues de leerme el post enterito me he liado mas de lo que estaba o_O :) pero ago la siguente reflexion

Si como se a dicho en este post los animales autoctonos no se pueden tener legalmente yo me pregunto:

Y los jilgueros? ¿nadie a tenido jilgueros??
acaso nadie vio conejos de monte criados en cautividad??
y las perdices:confused:
¿quieren decirme que todos los que poseen estos animales estan infingiendo la lei?
¿o es que los reptiles y anfibios son especiales?

que quereis que os diga pero a mi esto no me cuadra :(

p.d. pobes de los que vivan en las islas canarias ;) ;) no pueden tener canarios ;) ;) ;)
 

Luix

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Bien Mike!, nos vamos entendiendo. Disculpa que haya dudado de los conocimientos del centro, cierto es que deben estar bastante bien informados.
Pero has llegado a la conclusion que venimos defendiendo desde el inicio, autoctonos SI se pueden tener, aunque cada comunidad autonoma pueda poner restricciones extra, con respecto a ciertas especies. Pero SI SE PUEDEN TENER.
Respecto a las rapaces, se rigen por el convenio CITES como cualquier otro apendice A, lo unico es que en el momento de la cria es obligatorio pasar por pruebas de ADN (para autoctonos nada mas), para que no se den casos de reposicion de puesta con crias o huevos del campo.
Si una comunidad autonoma restringe la tenencia de ciertas especies que si se pueden tener, tiene que crear una lista donde se especifique que animales si se pueden tener y cuales no. Por ejemplo: las rapaces criadas en cautividad y debidamente acreditadas se pueden tener, pero hay comunidades que restringen la tenencia de machos de especies aloctonas o por ejemplo en cataluña creo que el Bubo bubo no se puede tener, sacan una lista de especies en la cual se prohibe su tenecia y punto.
Pero de ahi a extrapolar que no se pueden tener autoctonos o autoctono = delito repetido 20 veces...
Bueno al menos nos vamos aclarando. Yo tambien he planteado algunas dudas a SOIVRE y en breve tendre la respuesta.
Un saludo.
 
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