Os voy a contar mi experiencia como criador registrado en el Soivre. Por cierto, Sólo tengo anexos B.
Tuve que acreditar fehacientemente el origen de todos mis parentales, con facturas preconvenio en muchos casos (moraleja, pedid siempre las facturas de los animales que compréis, aunque no estén en CITES, esto me lo recomendó un buen amigo hace muchos años, y gracias a ello conservo facturas incluso de los años 80). Los animales que he comprado a posteriori, indican en su factura el nº de CITES de importación. Esto también es muy importante. El soivre comprueba que esa importación ha existido.
Los que he comprado en el extranjero, deben estar registrados. Por ejemplo, en Alemania, los criadores registrados inscriben sus animales en los organismos competentes, incluso los anexos B. Al hacer una cesión, ellos deben comunicar la baja, y pueden opcionalmente, compulsar la cesión que luego vas a recibir. Es decir, que esa cesión que tú recibes lleva un sello de la autoridad competente. Con eso, acreditas el origen de los animales. De todas formas, en el Soivre de Valencia comprueban esas cesiones en la entidad emisora antes de proceder al alta de los animales. Si un criador alemán, en este caso, no está registrado, las cesiones son papel mojado, porque no pueden acreditar fehacientemente el origen.
Luego existen dos opciones, cuando eres ya criador registrado (en el Soivre te facilitan un dossier que debes rellenar y pasar una inspección, por supuesto).
1- Llevar tu propio libro de cría y hacer las cesiones haciendo referencia a él. Ese libro de cría puede ser requerido por el soivre en cualquier momento. Por lo que tengo entendido, es la única opción que ofrecen muchas delegaciones.
2- Comunicar al soivre los nacimientos y registrarlos en el Soivre. Es decir, el Soivre lleva un libro de cria "paralelo". Así, los animales nacidos tienen un número de registro. Hay que notificar puestas, nacimientos y marcado e indiocar los parentales. Y pasar la correspondiente inspección, claro.
Yo particularmente llevo los dos métodos, que es la manera responsable de hacerlo. Que te registren los animales en el Soivre es muy cómodo cara a las cesiones, porque así nunca te requerirán el libro de cría, que en mi caso no es más que una libreta con individuos, fecha de nacimiento, pade, madre y un número que le asigno yo, que luego caso con el que me asigna el Soivre.
También os digo que en el Soivre, de tontos, no tienen un pelo. Son gente que ha tenido que estudiar mucho para llegar ahí. Es muy importante ganarse su confianza siendo estrictos en sus requerimientos y estando a su entera disposición. También hay que entender que están saturados, tienen muchas competencias y a veces pueden tardar en atenderte. Pero siempre te tratan con gran correción.
Es cierto que cada Soivre tiene criterios distintos a la hora de registrar los anexos B, pero antes de llegar a eso, hay que conseguir el nº de registro de criador.
En cuanto a la legalidad de los autóctonos, el CITES es un convenio COMERCIAL, que nada tiene que ver con leyes más restrictivas que impongan otras administraciones. Es decir: un animal puede ser un anexo B y estar específicamente protegido por la ley española o bien por legislaciones autonómicas. Y siempre se aplica la ley más restrictiva. Por tanto: yo puedo comprar un animal, anexo B, presente en la fauna ibérica, si puedo acreditar fehacientemente su origen (criador registrado en España, el extranjero o con CITES de importación), pero siempre y cuando no esté protegida por una ley específica.
Un saludo.