vano
Well-Known Member
En cuanto al horno crematorio para obtener Nucleo Zoológico, en Andalucia tambien solo basta con un convenio con empresa que se deshaga de los cadaveres, y es de aplicación en toda España. Si bien aclaro desconozco la nueva normativa a la que se refiere nuestro compañero Arkaitz.
En cuanto a la exigencia de nucleo zoologico o no. Esto no es una exigencia Cites ( SOIVRE) (Ogano Estatal), salvo para algunas especies, la mayoria Apendice I, aunque no se aclara, si es un nucleo zoológico o un parque zoológico el que puede mantener dichas escpecies.
La exigencia de los distintos nucleos zoologicos, viene de las CCAA y es el municipio donde se haye dicha instalación el que concede la licencia, mediante respuesta previa y vinculante al informe de nucleo zoologico que emite la Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal, al que corresponda el municipio donde nos encontramos. De forma mas clara.
1) Comunidad autonoma, emite o modifica normativa sobre la obligatoriedad o no de Nucleo para mantener ciertos animales o cierto numero de animales( de ahi igualmente los distintos nucleos)
2) De acuerdo a esa normativa , solicitamos licencia al nuestro Ayto.
a)Nos la concede.- Encargamos proyecto de Nucleo a un Veterinario (privado)
b)No nos la concede.- En la misma denegación figuran las causas por las que se deniega. Algunas son subsanables otras no, como comentaba normalmente , la incompatibilidad de Uso donde pretendemos instalar el nucleo.
Ante las subsanables, pues corregir lo que nos piden o alegaciones.
Ante las no, la verdad y con la ley actual en la mano , poco hay que hacer o alegaciones.
3) Se solicita al venterinario( aconsejo se le pida a alguien con experiencia en proyecto de este tipo de nucleos) nos redacte un proyecto de acuerdo al lugar donde vamos a disponer nuestro nucleo.
4) Presentar el proyecto al nuesto Ayuntamiento y Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal y esperar visita de instalciones para:
a) Informe favorable
b) Informe desfavorable:
.- Deficiencias subsanables
.- Deficiencias no subsanables, pese a la idioneidad presunta inicial por parte del Ayuntamiento.
5) Tras el Informe favorable de la Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal el Ayto concede la licencia de nucleo.
En cuanto a la exigencia de nucleo zoologico o no. Esto no es una exigencia Cites ( SOIVRE) (Ogano Estatal), salvo para algunas especies, la mayoria Apendice I, aunque no se aclara, si es un nucleo zoológico o un parque zoológico el que puede mantener dichas escpecies.
La exigencia de los distintos nucleos zoologicos, viene de las CCAA y es el municipio donde se haye dicha instalación el que concede la licencia, mediante respuesta previa y vinculante al informe de nucleo zoologico que emite la Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal, al que corresponda el municipio donde nos encontramos. De forma mas clara.
1) Comunidad autonoma, emite o modifica normativa sobre la obligatoriedad o no de Nucleo para mantener ciertos animales o cierto numero de animales( de ahi igualmente los distintos nucleos)
2) De acuerdo a esa normativa , solicitamos licencia al nuestro Ayto.
a)Nos la concede.- Encargamos proyecto de Nucleo a un Veterinario (privado)
b)No nos la concede.- En la misma denegación figuran las causas por las que se deniega. Algunas son subsanables otras no, como comentaba normalmente , la incompatibilidad de Uso donde pretendemos instalar el nucleo.
Ante las subsanables, pues corregir lo que nos piden o alegaciones.
Ante las no, la verdad y con la ley actual en la mano , poco hay que hacer o alegaciones.
3) Se solicita al venterinario( aconsejo se le pida a alguien con experiencia en proyecto de este tipo de nucleos) nos redacte un proyecto de acuerdo al lugar donde vamos a disponer nuestro nucleo.
4) Presentar el proyecto al nuesto Ayuntamiento y Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal y esperar visita de instalciones para:
a) Informe favorable
b) Informe desfavorable:
.- Deficiencias subsanables
.- Deficiencias no subsanables, pese a la idioneidad presunta inicial por parte del Ayuntamiento.
5) Tras el Informe favorable de la Unidad Provincial encargada de Sanidad Animal el Ayto concede la licencia de nucleo.